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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN

Disposición 924-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 24/10/2017

VISTO el Expediente Nº 1-2002-43000006015/13-1, la Disposición N° 393 del 1 de abril de 2014 del Registro de este SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN (SNR) y,

CONSIDERANDO:

Que por Disposición del VISTO se dispuso la categorización en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD de la institución “FUNDACIÓN PARA EL SERVICIO Y ESTUDIO DE LA DISCAPACIDAD MENTAL - FUSEDIM”, en las modalidades de Centro de Día y Hogar con Centro de Día.

Que el 17 de mayo de 2017, la institución presentó documentación actualizada a los efectos de ser agregada a las actuaciones.

Que en virtud de la presentación efectuada y de las facultades conferidas por el artículo 6° del Decreto N° 1193/98, le corresponde al SNR ejercer el poder de policía y verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para determinar la permanencia o baja de las instituciones que han ingresado al Registro Nacional de Prestadores.

Que conforme a dicha facultad, las Auditorías de Control o inducidas no son informadas al prestador con anterioridad a su realización.

Que el día 29 de agosto de 2017 se llevó a cabo la Auditoría en terreno, obrando agregada al expediente el acta respectiva debidamente notificada.

Que en tal oportunidad se procedió a la evaluación de los antecedentes de los servicios de la mencionada institución según el MARCO BÁSICO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE PRESTACIONES Y ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD aprobado por Resolución Ministerial Nº 1328/06.

Que se utilizaron las Guías de Evaluación Institucional aprobadas por Resolución Nº 14/00 de LA PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BÁSICAS DE ATENCIÓN INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (PDSPBAIPD), las que obran en el expediente.

Que merituando la constatación en terreno y la documentación aportada, tanto en oportunidad de la auditoría como en forma posterior, la Junta Evaluadora realizó el informe que hace a su competencia el 15 de septiembre de 2017, en el cual concluyó que la institución se encuentra en condiciones de recategorizar en la modalidad prestacional Centro de Día, Categoría A, cupo 21, por turno, en jornada simple y/o doble.

Que la Junta Evaluadora concluyó que la institución se encuentra en condiciones de permanecer en la modalidad prestacional Hogar con Centro de Día, categoría A, cupo cuarenta y nueve (49) concurrentes, Alojamiento Permanente, dispuesta oportunamente mediante Disposición SNR Nº 393/2014.

Que el 17 de mayo de 2022 opera el vencimiento de la presente categorización en atención a que la Habilitación al Uso Comercial emitida por la Municipalidad de Exaltación de la Cruz ha sido expedida hasta esa fecha.

Que obra agregada en el expediente la Declaración Jurada de Población Asistida realizada por la institución, conforme Punto 8.2.2, Anexo 1, Resolución N°2/13 (PDSPBAIPD) que al momento de la auditoría era de sesenta y cuatro (64) concurrentes, dieciséis (16) en Centro de Día, jornada doble y cuarenta y ocho (48) en Hogar con Centro de Día, en alojamiento permanente.

Que también obran agregado en el expediente el formulario de constancia de recategorización, correspondiendo dicho cupo al máximo admitido de acuerdo a la capacidad física del establecimiento y al equipamiento efectivamente existente al momento de la auditoria, conforme el punto 8.2.3 del Anexo I de la precitada Resolución.

Que la DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS del SNR han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta por aplicación de los artículos 1º, inciso f), apartado 3) de la Ley Nº 19.549, Ley Nacional de Procedimientos Administrativos y en virtud de las facultades conferidas al SNR por los Decretos Nros. 1193/98 y 627/10, y Disposición SNR Nº 1176/11.

Por ello,

LA DIRECTORA DEL SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Recategorízase a la institución “FUNDACIÓN PARA EL SERVICIO Y ESTUDIO DE LA DISCAPACIDAD MENTAL - FUSEDIM”, C.U.I.T.N° 30-64163532-0, con domicilio legal en la calle Tupac Amarú 851, Código Postal 1607, de la localidad de Villa Adelina, partido de San Isidro y real en Ruta N° 8 Km 77, Código Postal 6703, de la localidad de Parada Robles, Partido de Exaltación de la Cruz, Provincia de Buenos Aires, en la modalidad prestacional Centro de Día, categoría “A”, con un cupo de veintiún (21) concurrentes por turno en jornada simple y/o doble.

ARTÍCULO 2º.- Inscríbase la recategorización de la institución “FUNDACIÓN PARA EL SERVICIO Y ESTUDIO DE LA DISCAPACIDAD MENTAL - FUSEDIM” en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

ARTÍCULO 3º.- Déjase establecido que la presente recategorización, como la categorización oportunamente dispuesta mediante Disposición SNR Nº 394/2014 respecto de la modalidad prestacional Hogar con Centro de Día, Categoría A, con cupo de cuarenta y nueve (49) concurrentes en alojamiento permanente, se otorga hasta el día 17 de mayo de 2022, según lo establecido por la Habilitación Municipal Comercial expedida por la Municipalidad de Exaltación de la Cruz.

ARTÍCULO 4°.- Contra el presente acto podrá deducirse el Recurso de Reconsideración previsto en el artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1759/72 (t.o. 1991) el que deberá interponerse en el plazo de diez (10) días de notificada la presente.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Vanesa Noemí Diaz.

e. 03/11/2017 N° 84372/17 v. 03/11/2017

Fecha de publicación 03/11/2017