ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - DIRECCIÓN REGIONAL ADUANERA HIDROVÍA - ADUANA DE ROSARIO
La DIRECCION GENERALDE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art.1ro. de la Ley 25603 para las mercaderias que se encuentran en la situacion prevista en el Art. 417 de la Ley 22415 comunica por unica vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderias cuya identificacion a continuacion se indica, que podran dentro del plazo de TREINTA(30) dias corridos, solicitar alguna destinacion autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren. Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procedera de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 2do, 3ro, 4to y 5 to. de la Ley 25603 y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderias, a efectos de solicitar alguna destinacion aduanera para las mismas presentarse en DIVISION ADUANA DE ROSARIO CALLE 3 DE FEBRERO 1331 - 2000 – ROSARIO – SANTA FE.
Deposito | Medio | Arribo | Manifiesto | Conocimientos | Bultos | Cantidad | Mercaderia |
BINDER | 28/08/17 | 17052MANI023805D | 052UY15281135 | BULTO | 1 | TUBOS SIN COSTURA LAMINAD | |
BINDER | 30/08/17 | 17052MANI024046B | 052UY752500821 | BULTO | 2 | REPUESTOS |
Héctor Gustavo Fadda, Administrador (I), División Aduana Rosario, Dirección Regional Aduanera Hidrovía.
e. 03/11/2017 N° 84176/17 v. 03/11/2017
Fecha de publicación 03/11/2017