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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Resolución 972-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 01/11/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-01472455-APN-DDYME#MEM, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Nota Nº B-114078-1 de fecha 31 de enero de 2017, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) ha informado que las empresas listadas en el artículo 1° de la presente resolución han comunicado haber asumido respectivamente la titularidad de los establecimientos que ya se encontraban incorporados al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) como Grandes Usuarios Mayores (GUMA´s), Título I, y como Grandes Usuarios Menores (GUME´s), Título II, conforme lo establecen las Resoluciones Nros. 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA, y 137 de fecha 30 de noviembre de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificaciones.

Que las referidas empresas solicitan su habilitación para seguir actuando con continuidad en dicho mercado, como nuevos titulares y en el mismo carácter que los anteriores titulares de cada uno de los establecimientos citados.

Que, a los efectos enunciados en el anterior considerando, las empresas han suscripto el correspondiente Formulario de Adhesión resultante de la aplicación de la Resolución Nº 95 de fecha 22 de marzo de 2013 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

Que los referidos cambios de titularidad han sido aceptados con carácter provisorio por CAMMESA.

Que el listado de las empresas solicitantes ha sido publicado en el Boletín Oficial Nº 33.625 de fecha 16 de mayo de 2017, no habiéndose recibido objeciones u oposiciones al respecto.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÉRMICA, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría, ha tomado la intervención de su competencia.

Que, por el artículo 11 de la Resolución Nº 6 de fecha 25 de enero de 2016 de este Ministerio, se delegaron en esta Secretaría las facultades asignadas a la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, según los artículos 35, 36 y 37 de la Ley Nº 24.065.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo establecido por los artículos 35 y 36 de Ley Nº 24.065 y por la Resolución Nº 25 de fecha 16 de marzo de 2016 de este Ministerio.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Autorízanse los cambios de titularidad a partir del mes de enero de 2017 de los establecimientos que seguidamente se indican, dando continuidad a la habilitación otorgada oportunamente para actuar como agentes del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) en su condición de Grandes Usuarios Mayores (GUMA´s), Título I, y como Grandes Usuarios Menores (GUME´s), Título II, conforme el siguiente detalle:

TÍtulo I - Grandes Usuarios Mayores (GUMA`s): 1) Denominación del establecimiento: Refinería Bahía Blanca. Nuevo titular: PAMPA ENERGÍA S.A. Dirección del punto de suministro: Avenida Colón N° 3032, Bahía Blanca, Provincia de BUENOS AIRES. Distribuidor/PAFTT: EDES. Anterior titular: PETROBRAS ARGENTINA S.A.; 2) Denominación del establecimiento: San Lorenzo Etileno. Nuevo titular: PAMPA ENERGÍA S.A. Dirección del punto de suministro: Ruta Nacional N° 11, Km. 325, San Lorenzo, Provincia de SANTA FE. Distribuidor/PAFTT: EPESF. Anterior titular: PETROBRAS ARGENTINA S.A; 3) Denominación del establecimiento: Edificio Maipú 1. Nuevo titular: PAMPA ENERGÍA S.A. Dirección del punto de suministro: Maipú N° 1, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Distribuidor/PAFTT: EDESUR. Anterior titular: PETROBRAS ARGENTINA S.A; 4) Denominación del establecimiento: 25 de Mayo-Medanito. Nuevo titular: PAMPA ENERGÍA S.A. Dirección del punto de suministro: Ruta Nacional N° 151, Km. 110, Catriel, Provincia de RIO NEGRO. Distribuidor/PAFTT: DISTROCOMAHUE. Anterior titular: PETROBRAS ARGENTINA S.A.

Título II - Grandes Usuarios Menores (GUME`s): 1) Nuevo titular: INDUSTRIAS LEYSA S.A. Dirección del punto de suministro: Calle 103 entre 1 y 3, Parque Industrial Norte San Luis. Provincia de SAN LUIS. Distribuidor/PAFTT: EDESAL. Anterior titular: Cooperativa de Trabajo Gráfica San Luis LTDA.; 2) Nuevo titular: ANTONIO OMAR PALMA. Dirección del punto de suministro: Belgrano y Uruguay, Junín, Provincia de BUENOS AIRES. Distribuidor/PAFTT: EDEN. Anterior titular: JUNARSA S.A.; 3) Nuevo titular: MINERA SANTA RITA S.R.L. Dirección del punto de suministro: Ruta Provincial N° 1, Lote 118, Parque Industrial Palpalá, Provincia de JUJUY. Distribuidor/PAFTT: EJESA. Anterior titular: SULFHAAR S.R.L.; 4) Nuevo titular: JOSÉ NORBERTO ROYO. Dirección del punto de suministro: Osvaldo Cruz N° 3350, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Distribuidor/PAFTT: EDESUR. Anterior titular: MOLINOS RIO DE LA PLATA S.A.; 5) Nuevo titular: PRACMA S.A. Dirección del punto de suministro: Ruta Provincial N° 60, Km 15,5, Ullum, Provincia de SAN JUAN. Distribuidor/PAFTT: ENERGÍA SAN JUAN S.A. Anterior titular: SAN JUAN DE LOS OLIVOS S.A.; 6) Nuevo titular: PAMPA ENERGÍA S.A. Dirección del punto de suministro: Juan J. Lastra N° 6000, Neuquén, Provincia del NEUQUÉN. Distribuidor/PAFTT: CALF. Anterior titular: PETROBRAS ARGENTINA S.A.; 7) Nuevo titular: PAMPA ENERGÍA S.A. Dirección del punto de suministro: Sargento Ponce N° 2713, Avellaneda, Provincia de BUENOS AIRES. Distribuidor/PAFTT: EDESUR. Anterior titular: PETROBRAS ARGENTINA S.A.; 8) Nuevo titular: PAMPA ENERGÍA S.A. Dirección del punto de suministro: Dock Sud Este S/N°, Avellaneda, Provincia de BUENOS AIRES. Distribuidor/PAFTT: EDESUR. Anterior titular: PETROBRAS ARGENTINA S.A.

ARTÍCULO 2º.- Establécese que las empresas distribuidoras que se encuentran nombradas en el artículo 1° de la presente resolución, deberán seguir prestando a los respectivos nuevos agentes la FUNCIÓN TÉCNICA DE TRANSPORTE (FTT) que le efectuaban a los anteriores titulares.

ARTÍCULO 3º.- Instrúyese al ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED) a notificar a los nuevos agentes y a las respectivas empresas distribuidoras prestadoras de la FTT, e informar a todos los agentes del MEM lo resuelto en el presente acto.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alejandro Valerio Sruoga.

e. 06/11/2017 N° 84451/17 v. 06/11/2017

Fecha de publicación 06/11/2017