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10 de Julio de 2017

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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 3672-E/2017

RESOL-2017-3672-APN-ENACOM#MM - Fecha: 31/10/2017 - ACTA 25

EXPCNC 7872/2014

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Otorgar a la ASOCIACIÓN REGIONAL DE COOPERATIVAS DE SERVICIOS PÚBLICOS LIMITADA (C.U.I.T. N° 30-66885414-8) Licencia Única Argentina Digital, que la habilita a prestar al público todo servicio de telecomunicaciones, sea fijo o móvil, alámbrico o inalámbrico, nacional o internacional, con o sin infraestructura propia. 2.- Inscribir a esa asociación en el Registro de Servicios, el Servicio de Provisión de Facilidades de Telecomunicaciones a Prestadores. 3.- La presente licencia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico y/o recursos de numeración y señalización para la prestación del servicio inscripto, debiendo tramitarse la autorización de uso de estos recursos ante este Organismo. 4.- Notifíquese al interesado. 5.- Comuníquese, publíquese. Firmado: Miguel Ángel De Godoy, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en la página web de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Juan Martin De Goñi, Subdirector, Subdirección Despacho y Mesa de Entradas, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 07/11/2017 N° 85310/17 v. 07/11/2017

Fecha de publicación 07/11/2017