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13 de Diciembre de 1955

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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 3889-E/2017

RESOL-2017-3889-APN-ENACOM#MM - Fecha 03/11/2017 – ACTA 25

de EXPAFSCA 99.00.0/2014

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Aprobar los actos del concurso público número 99, convocado mediante Resolución Nº 323-AFSCA/14, modificada por su similar Nº 592-AFSCA/14, con el objeto de adjudicar 6 licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de 6 servicios de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en PIRANE, FORMOSA. 2.- Adjudicar al señor Leonardo Octavio GARCÍA POCHELU (DNI 20.063.231), UNA (1) licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de comunicación audiovisual, en la frecuencia de 101,7 MHz., canal 269, con categoría F, en PIRANÉ, FORMOSA. 3.- Rechazar por inadmisibles las ofertas presentadas por el señor Diego MADOERY (DNI 14.820.466) y la firma ARROSE S.A. (CUIT 30-70829700-9). 4.- El plazo de la licencia abarcará un período de DIEZ (10) años, contados a partir de la fecha de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud del licenciatario. 5.- El monto de la garantía, correspondiente al señor Leonardo Octavio GARCÍA POCHELU, asciende a la suma de PESOS VEINTISIETE MIL SETENTA Y CINCO ($ 27.075,00.-). 6.- Dentro de los CIEN180 días corridos de notificado el acto administrativo, el adjudicatario deberá presentar la documentación. 7.- El licenciatario deberá conservar pautas y objetivos de la propuesta durante todo el plazo de la licencia. Su modificación será considerada incumplimiento de las condiciones de adjudicación. 8.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los artículos precedentes, importará la caducidad del presente acto de adjudicación. 9.- A solicitud del licenciatario, se otorgará la señal distintiva correspondiente. 10.- El licenciatario asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. El alcance de la autorización otorgada por la presente se limita a los parámetros técnicos asignados, no comprendiendo obras de infraestructura civil, fiscalización del espacio aéreo ni otros ajenos a la competencia del ENACOM. 11.- Comuníquese, notifíquese y publíquese. Firmado: Miguel Ángel De Godoy, Presidente Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página web de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.

Juan Martin De Goñi, Subdirector, Subdirección Despacho y Mesa de Entradas, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 13/11/2017 N° 87641/17 v. 13/11/2017

Fecha de publicación 13/11/2017