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8 de Enero de 2024

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Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - ADUANA DE COLÓN

EDICTO

“-----Se pone en conocimiento del Sr. Hernán Osvaldo PLATTNER, D.N.I. N.º 29.524.502, que en el marco de la Actuación 013-DN-125-2014/5 (SIGEA N.º 12459-548-2014), se ha resuelto que de abandonar voluntariamente a favor del Estado Nacional la mercadería en presunta infracción, dentro del perentorio término de Quince (15) días hábiles contados desde la fecha de publicación del presente, se procederá al ARCHIVO DEFINITIVO de las actuaciones SIN REGISTRAR el ANTECEDENTE y a poner inmediatamente la mercadería a disposición de la SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y/o en su defecto, ordenar su COMERCIALIZACIÓN conforme al procedimiento previsto en la Ley N.º 25.603 y -supletoriamente- en los arts. 429, siguientes y concordantes del Código Aduanero (Ley N.º 22.415), en los casos que corresponda, sin perjuicio de proceder a la DESTRUCCIÓN de la misma si resultare no apta o prohibida su comercialización (arts. 448 y 451 de mismo cuerpo legal), todo ello en un todo de acuerdo con las normas vigentes de aplicación (conf. ap. “L” de la Instrucción General N.º 9/17 DGA). En el supuesto de no hacerse uso de la opción prevista anteriormente, se procederá a ARCHIVAR PROVISORIAMENTE la presente actuación, conforme lo normado en el Punto 5 del ap. “D” y en el ap. “E” de la Instrucción General citada, procediéndose a otorgar a la mercadería involucrada el tratamiento más arriba ordenado. Firmado: Hugo Miguel GUGLIELMINO – Administrador Aduana de Colón - Aduana de Colón sita en Alejo Peyret Nº 114 – COLON – ENTRE RIOS”.-

Hugo Miguel Guglielmino, Administrador, División Aduana Colón.

e. 13/11/2017 N° 87485/17 v. 13/11/2017

Fecha de publicación 13/11/2017