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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS

Resolución 89/2017

Buenos Aires, 04/10/2017

VISTO el expediente 4-9005000 DAJ N° 1303/2017 del registro de esta AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, las prescripciones de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429, la Ley N° 27.192, el Decreto N° 395 del 20 de febrero de 1975, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.192 crea la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS.

Que corresponde considerar que conforme lo dispuesto por el artículo 5° inc. 3° de la mencionada norma, corresponde a esta ANMaC efectuar la destrucción, con carácter exclusivo y excluyente en todo el territorio nacional, de todo material controlado en el marco de las leyes Nros. 20.429, 25.938 sus complementarias y modificatorias.

Que en el mismo sentido su art. 5° inc. 4° habilita a la ANMaC a determinar los métodos y procedimientos de destrucción de materiales controlados, garantizando su eficacia, eficiencia y sustentabilidad en relación con el medio ambiente.

Que el MINISTRO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE MENDOZA ha declarado fuera de uso y dispuesto la baja del inventario del MINISTERIO DE SEGURIDAD de DOS MIL CUATROCIENTAS SETENTA Y UNA (2.471) armas de fuego, a través de la Resolución N° 1644 S del 05 de junio de 2017, ordenando en su artículo 3° poner a disposición de este Organismo dicho material a fin de hacer efectiva su destrucción.

Que a través de las Actas de Traslado Nros. 01068/2017 y 01243/2017 y Actas de Ingreso Nros. 01743/2017 y 01744/2017 la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS recibió DOS MIL TRESCIENTAS DOS (2.302) armas de fuego a los efectos de proceder a su destrucción.

Que dicho material fue verificado en el BANCO NACIONAL INFORMATIZADO DE DATOS, surgiendo luego de su consulta sobre el estado registral y documentación que ordena su destrucción, que se encontrarían en condiciones de ser destruídas DOS MIL DOSCIENTAS NOVENTA Y UNA (2.291) armas de fuego, toda vez que OCHO (8) de ellas poseen solicitud de secuestro vigente, por lo que se han reservado hasta tanto se resuelva el impedimento legal o administrativo que obsta a su destrucción.

Que luego del control de la documental aportada, se han reservado TRES (3) armas de fuego que carecen de documentación suficiente para proceder a su destrucción.

Que con la documentación obrante en su poder, y a requerimiento del MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, es que esta AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS debe proceder a la destrucción por TRITURACIÓN Y FUNDICIÓN de DOS MIL DOSCIENTAS NOVENTA Y UNA (2.291) armas de fuego.

Que han tomado la debida intervención la Dirección Nacional de Administración, Asuntos Jurídicos y Modernización y la Dirección Nacional de Fiscalización, Resguardo y Destrucción de Materiales Controlados de esta AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS.

Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 20.429, la Ley N° 25.938 y la Ley N° 27.192.

Por ello,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DE LA AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Procédase a la destrucción por TRITURACIÓN Y FUNDICIÓN de DOS MIL DOSCIENTAS NOVENTA Y UNA (2.291) armas de fuego entregadas por el MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, cuyo detalle obra en el Anexo I de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Resérvese la cantidad de OCHO (8) armas de fuego, en razón de pesar sobre las mismas alta de secuestro, cuyo detalle obra en el Anexo II de la presente.

ARTÍCULO 3°.- Resérvese la cantidad de TRES (3) armas de fuego, por carecer de documentación suficiente para proceder a su destrucción.

ARTÍCULO 4°.- Ordénese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE FISCALIZACIÓN, RESGUARDO Y DESTRUCCIÓN DE MATERIALES CONTROLADOS a destacar personal debidamente facultado para dicho acto, a fin de participar del procedimiento de destrucción, labrando las actas pertinentes.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Natalia Gambaro.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 16/11/2017 N° 88608/17 v. 16/11/2017

Fecha de publicación 16/11/2017