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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

Resolución 485-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 15/11/2017

VISTO el Expediente Nº EX -2017-23410899-APN-DGA#APNAC del Registro de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, las Leyes Nros. 22.351 y 27.341, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, 151 de fecha 17 de diciembre de 2015, 232 de fecha 22 de diciembre de 2015 y 355 de fecha 22 de mayo de 2017, las Decisiones Administrativas Nros. 1.422 de fecha 7 de diciembre de 2016, 12 de fecha 11 de enero del 2017 y 284 de fecha 5 de mayo de 2017 y las Resoluciones H.D. Nros. 410 – E de fecha 27 de diciembre de 2016 y 57 de fecha 25 de enero de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.341 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2017.

Que por el Decreto Nº 2.098/2008, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.).

Que mediante el Artículo 3° del Decreto N° 355/2017, se estableció que “La designación del personal (…), en cargos vacantes y financiados presupuestariamente en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada en cargos de las estructuras organizativas, serán efectuadas en sus respectivas jurisdicciones por los Ministros y los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, como así también serán competentes para disponer asignaciones transitorias de funciones en sus respectivas jurisdicciones. Dichos actos administrativos deberán ser publicados en el Boletín Oficial. En todos los casos se requerirá la previa intervención del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido por la Decisión Administrativa N° 12/2017, o la norma que la sustituya en el futuro”.

Que mediante el Artículo 5° del mencionado decreto, se establece que “En el caso de los organismos descentralizados con facultades relacionadas con la administración de su personal establecidas en sus normas de creación o en normas especiales, mantienen las mismas en los términos de los artículos 3°, 4° y 8° del presente Decreto (…)”.

Que por la Decisión Administrativa N° 1.422/2016 se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.

Que a través de la Resolución H.D. N° 410 – E/2016 se aprobó la estructura organizativa del segundo nivel operativo, se incorporaron, homologaron y reasignaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas, conforme Anexo V al Artículo 6º de la Decisión Administrativa Nº 284/2017, las denominaciones y niveles de los cargos, pertenecientes a la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.

Que resulta necesario proceder a la asignación, con carácter transitorio, de las funciones correspondientes al cargo de Director Regional NOA dependiente de la Dirección Nacional de Conservación, Nivel B, Grado 0 Función Ejecutiva III, de esta ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, situación que se encuentra comprendida en los extremos contemplados por el Título X del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.) homologado por el Decreto Nº 2.098/2008 sus modificatorios y complementarios y por el Decreto N° 1.421/2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.

Que de acuerdo con lo establecido por el Artículo 111 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.) homologado por el Decreto N° 2.098/2008 y sus modificatorios, las subrogancias que se dispongan en virtud de la causal prevista en el inciso a), del Artículo 108 -relativo al cargo vacante - no podrán superar el plazo fijado en el Artículo 21 de dicho Convenio Colectivo.

Que por la Resolución H.D. N° 57 de fecha 25 de enero de 2017 del registro de esta ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, se asignaron a partir del día 1° de enero de 2017, transitoriamente ad referéndum de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las funciones inherentes a la Dirección Regional NOA dependiente de la Dirección Nacional de Conservación, al agente de la planta permanente del Organismo, del Agrupamiento Profesional, Nivel C, Tramo General, Grado 3, al Lic. Julio César del Corazón de Jesús MONGUILLOT (M.I. Nº 13.680.959).

Que resulta necesario rectificar dicho Artículo 1º de la mencionada Resolución, en virtud de corresponder asignar funciones en el cargo mencionado de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 355/2017.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para la cobertura del mencionado cargo, que se halla vacante.

Que las Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Recursos Humanos han tomado la intervención de su competencia.

Que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN se ha expedido favorablemente respecto de la aprobación de la presente asignación de funciones.

Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos por la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la Secretaría Legal y Técnica de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 23, inciso u), de la Ley Nº 22.351, y a tenor de lo establecido por los Artículos 3º y 5° del Decreto Nº 355/2017.

Por ello,

EL HONORABLE DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Rectifícase el Artículo 1º de la Resolución H.D. Nº 57 de fecha 25 de enero de 2017 y apruébase como nuevo texto el siguiente: “Asígnanse transitoriamente a partir del 1° de enero de 2017, las funciones correspondientes al cargo de Director de la Regional NOA, de la Dirección Nacional de Conservación, Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva III, al agente de la planta permanente del Organismo, del Agrupamiento Profesional, Nivel C, Tramo General, Grado 3, al Lic. Julio César del Corazón de Jesús MONGUILLOT (M.I. Nº 13.680.959), de conformidad con lo dispuesto por el Título X del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.) homologado por el Decreto Nº 2.098/2008 sus modificatorios y complementarios y, lo prescripto por el Decreto N° 1.421/2002 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, conforme lo expuesto en los Considerandos de la presente.”.

ARTÍCULO 2°.- Esteblécese que el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 81 - MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, Organismo Descentralizado 107 - ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.

ARTÍCULO 3º.- Tomen conocimiento la Unidad de Auditoría Interna, la Dirección Nacional de Conservación, las Direcciones Generales de Recursos Humanos y de Asuntos Jurídicos. Por el Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones notifíquese en legal forma al interesado. Cumplido, y con las debidas constancias, gírense las presentes actuaciones a la Dirección General de Recursos Humanos.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Pablo Federico Galli Villafañe, Vocal. — Roberto María Brea, Vocal. — Gerardo Sergio Bianchi, Vocal. — Eugenio Indalecio Breard, Presidente.

e. 17/11/2017 N° 89255/17 v. 17/11/2017

Fecha de publicación 17/11/2017