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30 de Abril de 2024

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Primera sección


JURADO DE ENJUICIAMIENTO DE MAGISTRADOS DE LA NACIÓN

Expediente 36

Remuévase Juez.

TESTIMONIO

/// la ciudad de Buenos Aires, a los diecisiete días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete, se reúne el XXI Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación, integrado por los jueces de cámara Inés Cantisani -en su carácter de Presidente- y Armando Mario Márquez, los senadores nacionales Walter Basilio Barrionuevo y Silvia del Rosario Giacoppo, los diputados nacionales Diana Conti y Hugo María Marcucci, y el representante de los abogados de la matrícula federal, doctor Raúl Lucilo Piaggio, a los efectos de dictar el fallo definitivo en este expediente N° 36 caratulado “Doctor Eduardo Rodolfo Freiler s/ pedido de enjuiciamiento”.

Intervienen en el proceso, por la Acusación, los representantes del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación doctores Pablo G. Tonelli y Miguel A. Piedecasas, y por la defensa del magistrado enjuiciado, el defensor particular doctor José María Olivares y la defensora pública oficial designada en los términos del artículo 17 del Reglamento Procesal, doctora Norma Isabel Boyssou.

RESULTA: ...

Y CONSIDERANDO: ...

Por todo ello, en atención a los fundamentos antes expuestos y sobre la base de lo dispuesto por los artículos 53, 110 y 115 de la Constitución Nacional y disposiciones pertinentes de la ley 24.937, sus modificatorias y del Reglamento Procesal, el XXI Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación, por mayoría,

RESUELVE:

I) REMOVER al doctor Eduardo Rodolfo Freiler del cargo de Juez de Cámara integrante de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, por haber incurrido en la causal constitucional de mal desempeño, de conformidad con lo establecido por los artículos 110 y 115 en función del artículo 53 de la Constitución Nacional, Ley 25.188 artículos 4, 5 y 6, Resolución del Consejo de la Magistratura de la Nación 734/2007 y su modificatoria 237/2014, y Ley 24.937 artículo 25 incisos 2° y 5°, CON COSTAS (artículo 39 del Reglamento Procesal).

II) REMITIR copia del presente fallo al señor Juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 2 a los fines que pudieren corresponder en el marco de la causa n° 9126/2015 seguida contra Eduardo Rodolfo Freiler del registro de esa judicatura.

III) DEVOLVER los expedientes originales oportunamente solicitados “ad effectum videndi et probandi” en el marco de este proceso a sus respectivos juzgados de origen.

IV) DIFERIR la regulación de los honorarios profesionales del doctor José María Olivares hasta tanto dé cumplimiento a los requisitos de ley.

V) COMUNICAR la presente resolución a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al Consejo de la Magistratura, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, a la Cámara Federal de Casación Penal, a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal y a la Administración General del Poder Judicial de la Nación, a sus efectos.

Regístrese, notifíquese y cúmplase. Publíquese la parte dispositiva del presente fallo en el Boletín Oficial de la Nación (art. 36 del Reglamento Procesal).

FIRMADO POR: Inés Cantisani. — Armando Mario Márquez. — Silvia del Rosario Giacoppo. — Walter Basilio Barrionuevo. — Hugo María Marcucci. — Diana Conti -En Disidencia Total-. — Raúl Lucilo Piaggio -En Disidencia Parcial-.

e. 22/11/2017 N° 90247/17 v. 22/11/2017

Fecha de publicación 22/11/2017