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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES

Resolución 21-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 21/11/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-25190519--APN-DDYME#MA del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Resolución N° 512 de fecha 1 de agosto de 1997 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, y su similar modificatoria N° 94 de fecha 23 de septiembre de 2002 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que anualmente el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA adjudica a la REPÚBLICA ARGENTINA una cuota de exportación de azúcar crudo.

Que para el período 2017/2018 dicha cuota ha sido fijada en CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTAS OCHENTA Y UN TONELADAS (45.281 t), que deducido el margen de polarización, comprendió la cantidad de CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTAS CUARENTA Y TRES CON TREINTA Y SEIS TONELADAS (43.243,36 t).

Que dicha cuota fue distribuida en su totalidad a través de la Resolución N° RESOL-2017-16-APN- SECMA#MA fecha 28 de agosto de 2017 de la SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

Que por el Artículo 4° de la citada Resolución N° RESOL-2017-16-APN-SECMA#MA se estableció que para el caso de que los beneficiarios de la misma no hayan cumplido en su totalidad con las cuotas asignadas para el período 2016/2017 con vencimiento el 31 de octubre de 2017 se procederá a su eliminación, redistribuyéndose la cuota asignada entre los restantes beneficiarios.

Que tal situación corresponde aplicar respecto de las razones sociales AZUCARERA JUAN M. TERAN S.A. (C.U.I.T. N° 30-52544202-7) y SA SER (C.U.I.T. N° 33-63092987-9) en las cantidades de DOS MIL DOSCIENTOS UNA CON CINCUENTA Y OCHO TONELADAS (2.201,58 t) y UN MIL TRESCIENTAS NOVENTA Y DOS CON CINCO TONELADAS (1.392,05 t), respectivamente, en ambos casos por no haber regularizado su situación fiscal y previsional ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) entidad autárquica en la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA.

Que para efectuar el cálculo de dicha redistribución se tienen en cuenta las exportaciones al mercado mundial durante el año 2016, sin computar la cuota americana.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Redistribúyese la cantidad de TRES MIL QUINIENTAS NOVENTA Y TRES CON SESENTA Y TRES TONELADAS (3.593,63 t) de azúcar crudo con polarización no menor de NOVENTA Y SEIS GRADOS (96°) con destino a los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, amparada por Certificados de Elegibilidad para el período 2017/2018, conforme al Anexo registrado con el Nº IF-2017-28359683- APN-SECAV#MA que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- La cantidad a exportar expresada en el Artículo 1° de la presente medida deberá ingresar a los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA a partir del 1 de octubre de 2017 y hasta el 30 de septiembre de 2018, inclusive.

ARTÍCULO 3°.- El incumplimiento total o parcial de la cuota asignada dará lugar automáticamente a la eliminación de los infractores en la distribución de la próxima cuota.

ARTÍCULO 4°.- En caso de cesiones de cuota únicamente entre los beneficiarios de la misma, los acuerdos deberán ser comunicados a la SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, con la conformidad del cedente y del cesionario antes de solicitar el Certificado de Elegibilidad. Las cesiones contemplarán la cesión de la cuota y del Certificado de Elegibilidad respectivo.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Delia Marisa Bircher.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 23/11/2017 N° 90458/17 v. 23/11/2017

Fecha de publicación 23/11/2017