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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO

Resolución 74/2017

Buenos Aires, 29/09/2017

VISTO la Ley N° 27.161, la Resolución N° 11 del MINISTERIO DE TRANSPORTE de fecha 28 de enero de 2016, la Resolución EANA N° 5 de fecha 4 de marzo de 2016, la Resolución EANA N° 11 de fecha 11 de julio de 2016, el Acta de Directorio N° 4 de fecha 24 de enero de 2017; y,

CONSIDERANDO:

Que las presentes actuaciones se inician a fin de dar cumplimiento con las previsiones de la Ley 27.161 por la que fuera creada la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO —EANA S.E.— y de la Ley 20.705 que delimita el régimen aplicable a las Sociedades del Estado.

Que deviene necesario dar cumplimiento a los principios contenidos en la Ley 24.156 de “Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional”.

Que mediante la Resolución EANA N° 5 de fecha 4 de marzo de 2016 se aprobó el Reglamento de Compras y Contrataciones Provisorio de la Sociedad y el Pliego de Bases y Condiciones Generales.

Que mediante el artículo 2 de la Resolución antes referida se dispuso que el mencionado Reglamento tuviese una vigencia de ciento ochenta (180) días corridos desde su aprobación.

Que se dispuso ese lapso de tiempo a efectos de que durante el mismo se pudiesen analizar y observar aquellos aspectos del Reglamento de Compras y Contrataciones que pudiesen ser perfeccionados.

Que habiéndose puesto en funcionamiento el mismo, se advirtió la necesidad de formular modificaciones tanto al contenido del Reglamento de Compras y Contrataciones como al Pliego de Bases y Condiciones Generales.

Que la Unidad de Auditoría Interna de la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO —EANA S.E.— relevó las modificaciones requeridas, y en atención a ello en fecha 6 de julio de 2016 elaboró el “Informe N° 4/UAIEANA-16 Informe de Auditoría Analítico Compras y Contrataciones”, que fuera elevado tanto a la Comisión Fiscalizadora como al Directorio de la Empresa.

Que el informe N° 4/UAIEANA-16 brinda recomendaciones a efectos de contribuir a una mejora en el control interno.

Que conforme surge del Acta de Directorio Nro. 2 de la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO EANA S.E. — de fecha 7 de julio de 2016, la Comisión Fiscalizadora dejó sin efecto la observación oportunamente formulada respecto de la Ratificación por el Directorio del Reglamento de Compras y Contrataciones y del Pliego de Bases y Condiciones Generales.

Que, en atención a lo expuesto, mediante Resolución EANA N° 11 de fecha 11 de julio de 2016, se modificó el Reglamento de Compras y Contrataciones Provisorio y el Pliego de Compras y Contrataciones Generales de la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO —EANA S.E.-

Que mediante el Acta de Directorio N° 4 de fecha 24 de enero de 2017 de la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO —EANA S.E. — se aprobó la versión definitiva del Reglamento de Compras y Contrataciones.

Que al punto XI.4.- del Reglamento de Compras y Contrataciones de la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO - EANA S.E.- se desarrolla el apartado correspondiente a las “Contrataciones Directas por excepción”, estableciéndose que, sin considerar el monto estimado de adjudicación, dicho procedimiento de contratación se utilizará de manera excepcional debiendo encontrarse debidamente fundado y ponderado por la Gerencia requirente conforme los casos que en dicho punto se detallan.

Que mediante Resolución EANA N° 63 de fecha 18 de agosto de 2017 se aprobó el Programa de Integridad y Transparencia de la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO —EANA S.E. — adoptando como valores éticos corporativos, entre otros, la Integridad y Honestidad.

Que, en consonancia con los lineamientos del Programa de Integridad y Transparencia referido en el Considerando anterior, y con el objetivo de aplicar un mecanismo que incremente la transparencia en los procedimientos de contrataciones directas por excepción, previstas en el punto XI.4. del Reglamento de Compras y Contrataciones vigente, deviene oportuno implementar la “Etapa de Consulta Pública” en el procedimiento referido.

Que además de dotar al procedimiento de Contratación Directa por Excepción de mayor transparencia, la implementación de la “Etapa de Consulta Pública” permitirá el acceso a mayor información y participación de la ciudadanía, habilitando una instancia adicional de control, optimizando así la eficiencia de la actividad.

Que, el Presidente de la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO -EANA S.E.- tiene facultades suficientes para dictar la presente resolución.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE EANA S.E.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébese la “Etapa de Consulta Pública” en todos los procedimientos de Contratación Directa por Excepción, punto XI.4. del Reglamento de Compras y Contrataciones de la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO —EANA S.E. —

ARTÍCULO 2°.- A los fines dispuestos en el artículo anterior, establécese que, en forma previa a la remisión de la carpeta de compras para la adjudicación prevista en el Reglamento de Compras y Contrataciones de la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO -EANA S.E.-, la Gerencia de Administración y Finanzas de la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO, deberá publicar por el plazo de un (1) día la recomendación de adjudicación de todos los procedimientos de Contratación Directa por Excepción. La publicación referida incluirá la recomendación de adjudicación propiamente dicha y un detalle de la justificación emanada de la Gerencia requirente que fundamentó dicho procedimiento. La publicación se efectuará en la página web de la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO —EANA S.E.- y en aquellas contrataciones que igualen o superen 1.000 (un mil) módulos se publicará adicionalmente en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 3°.- Los sectores interesados y la ciudadanía en particular, podrán formular oposiciones debidamente fundadas a la recomendación de adjudicación durante un plazo de cinco (5) días a contar desde la publicación.

ARTÍCULO 4°.- Los interesados deberán formular sus oposiciones mediante el formulario disponible en la página web de la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO —EANA S.E.— (www.eana.com.ar) y que se adjunta como Anexo a la presente Resolución, el que deberá ser remitido dentro del plazo indicado en el considerando anterior al siguiente correo electrónico compras@eana.com.ar con copia a etica@eana.com.ar; o en idéntico plazo, presentarlo ante la Mesa de Entradas de la Empresa dirigida a la Gerencia de Administración y Finanzas de la Empresa sita en Rivadavia 578, Piso 5°, C.AB.A. de lunes a viernes de 9 a 18 horas.

ARTÍCULO 5°.- Las oposiciones recibidas en tiempo y forma serán puestas a consideración de las Gerencias intervinientes en el procedimiento referido, quienes las tendrán presente y, dentro del ámbito de sus competencias, podrán emitir opinión al respecto, o proceder a su desestimación, de lo que se notificará y dejará debida constancia en la carpeta de compras.

ARTÍCULO 6°.- Las oposiciones que se reciban en tiempo y forma tendrán carácter no vinculante y serán incorporadas a la carpeta de compras a fin de cumplir con los principios de publicidad y transparencia.

ARTÍCULO 7°.- Vencido el plazo para recibir las oposiciones, y habiendo sido desestimadas las oposiciones formuladas, se procederá a notificar la adjudicación. En caso de darse curso a las oposiciones, y entender las mismas procedentes, se dejará sin efecto la contratación y en consecuencia no procederá la adjudicación.

ARTÍCULO 8°.- Notifíquese la presente Resolución, de aplicación inmediata, a todos los interesados, en especial al Departamento de Compras de la Gerencia de Administración y Finanzas de la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO —EANA S.E.-, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, y cumplido, regístrese, y archívese. — Agustin Rodriguez Grellet.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 23/11/2017 N° 90606/17 v. 23/11/2017

Fecha de publicación 23/11/2017