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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Decisión Administrativa 1035/2017

Licitación Pública Nº 55/2016. Amplíanse Órdenes de Compra.

Ciudad de Buenos Aires, 24/11/2017

VISTO los Expedientes Nros EX-2017-14087546-APN-DGA#MDS, EX-2017-14104141-APN-DGA#MDS y EX-2017-14108331-APN-DGA#MDS, el Decreto Nº 1023 del 13 de agosto de 2001, sus modificatorios y complementarios y el Decreto N° 893 del 7 de junio de 2012 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente Nº E-12121-2016 tramitó la Licitación Pública Nº 55/16 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL con el objeto de adquirir alimentos no perecederos, solicitados por la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS ALIMENTARIAS, entonces dependiente de SECRETARÍA DE GESTIÓN Y ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, emitiéndose, entre otras, las Órdenes de Compra Nros. 47/2017, 49/2017 y 54/2017 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, a favor de las firmas ALIMENTOS VIDA S.A., MILKAUT S.A. y SUCESORES DE ALFREDO WILLINER S.A., respectivamente.

Que dichas Órdenes de Compra fueron oportunamente emitidas en virtud del dictado de la Decisión Administrativa N° 188/17, por la cual, entre otras cuestiones, se aprobó y adjudicó la referida Licitación Pública.

Que la SECRETARÍA DE ACOMPAÑAMIENTO Y PROTECCIÓN SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL solicitó la ampliación en un importe equivalente al TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) de las Órdenes de Compra anteriormente mencionadas, con el fin de asistir y funcionar como apoyo a la población que se encuentra en situación de alta vulnerabilidad social en diferentes regiones del territorio nacional.

Que obra conformidad de la firma ALIMENTOS VIDA S.A. para ampliar en un importe equivalente al VEINTE POR CIENTO (20%) la Orden de Compra N° 47/2017.

Que obra conformidad de la firmas MILKAUT S.A. y SUCESORES DE ALFREDO WILLINER S.A. para ampliar en un importe equivalente al TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) las Órdenes de Compra N° 49/2017 y N° 54/2017, respectivamente.

Que en consecuencia procede ampliar las Órdenes de Compra mencionadas en el primer Considerando, acorde a lo previsto en el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/01, sus modificatorios y complementarios, y el artículo 124 inciso a) del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 y sus modificatorios.

Que la DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN Y EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ambas dependientes del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL han tomado la intervención de sus competencias.

Que la SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN JURÍDICO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha intervenido en el marco de sus competencias.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios y el artículo 14 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 893/12, modificado por el Decreto N° 690/16.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Amplíanse las Órdenes de Compra Nros. 47/2017, 49/2017 y 54/2017, emitidas en el marco de la Licitación Pública Nº 55/16 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, a favor de las firmas, los renglones, cantidades, marcas y montos que a continuación se detallan:

ALIMENTOS VIDA S.A. - C.U.I.T. Nº 30-71067391-4 - Orden de Compra N° 47/2017:

Renglón 16, por CIEN MIL (100.000) estuches de 800 gramos cada uno de leche entera en polvo, instantánea, fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico, según Ley N° 25.459, marca VIDALAC, según Pliego ......................................…….$7.177.000.-

Renglón 20, por CIEN MIL (100.000) estuches de 800 gramos cada uno de leche entera en polvo, instantánea, fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico, según Ley N° 25.459, marca VIDALAC, según Pliego ……………………….....…….$7.177.000.-

Renglón 21, por CIEN MIL (100.000) estuches de 800 gramos cada uno de leche entera en polvo, instantánea, fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico, según Ley N° 25.459, marca VIDALAC, según Pliego ......................................…….$7.177.000.-

TOTAL ADJUDICADO………………………………………………………$ 21.531.000.-

MILKAUT S.A. - C.U.I.T. Nº 30-68203263-0 - Orden de Compra N° 49/2017:

Renglón 18, por CIENTO SETENTA Y CINCO MIL (175.000) estuches de 800 gramos cada uno de leche entera en polvo, instantánea, fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico, según Ley N° 25.459, marca FRANSAFE, según Pliego………………………………………………………………………. $ 12.250.000.-

Renglón 19, por CIENTO SETENTA Y CINCO MIL (175.000) estuches de 800 gramos cada uno de leche entera en polvo, instantánea, fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico, según Ley N° 25.459, marca FRANSAFE, según Pliego………………………………………………………………………. $ 12.250.000.-

TOTAL ADJUDICADO…………………………………….…………………$ 24.500.000.-

SUCESORES DE ALFREDO WILLINER S.A. - C.U.I.T. Nº 30-50160121-3 - Orden de Compra N° 54/2017:

Renglón 17, por CIENTO SETENTA Y CINCO MIL (175.000) estuches de 800 gamos cada uno de leche entera en polvo, instantánea, fortificada con hierro, zinc, y ácido ascórbico, según Ley N° 25.459, marca ILOLAY, según Pliego…………………………………………………………………. $ 11.812.500.-

TOTAL ADJUDICADO……...……....................................................……$ 11.812.500.-

ARTÍCULO 2º.- El presente gasto que asciende a la suma total de PESOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL QUINIENTOS ($57.843.500), se imputará a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 85- MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, para el presente Ejercicio.

ARTÍCULO 3º.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a emitir las Órdenes de Compra respectivas, conforme las ampliaciones consignadas en el Artículo 1º de la presente.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Carolina Stanley.

e. 27/11/2017 N° 91791/17 v. 27/11/2017

Fecha de publicación 27/11/2017