ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 548/2017
Buenos Aires, 24/11/2017
ACTA N° 1502
Expediente ENRE N° 31.360/2010
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la solicitud de Acceso a la Capacidad de Transporte de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSENER S.A.) y de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PATAGONIA SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSPA S.A.) efectuada por SERVICIOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO (SPSE), así como el requerimiento de otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la Ampliación de la capacidad de transporte existente para la obra consistente en la construcción de UN (1) Campo de Salida de línea de 132 kV en la ET Santa Cruz Norte; UNA (1) nueva Línea de Alta Tensión (LAT) de 132 kV Santa Cruz Norte–Caleta Olivia de CINCUENTA Y TRES KILÓMETROS (53 km) de longitud y la adecuación de la ET Caleta Olivia para operar en 132 kV con la incorporación de UNA (1) barra en 132 kV, UN (1) campo de entrada de línea en 132 kV y UN (1) campo de transformación en 132 Kv, todas en la Provincia de SANTA CRUZ. 2.- La publicación dispuesta en el Artículo 1 se deberá efectuar por el lapso de CINCO (5) días a través de un AVISO en los portales de Internet del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), y por DOS (2) días en un diario de amplia difusión del lugar en donde se construirán las obras proyectadas o en donde pudiesen afectar eléctricamente. Asimismo, se fija un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos desde la última publicación efectuada, para que quien considere que la solicitud en cuestión pudiera afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee oposición fundada por escrito ante este Ente Nacional o, en el caso del Acceso, presente un proyecto alternativo al del solicitante u observaciones al mismo. 3.- Disponer que, en caso de registrarse oposición común a varios usuarios o - respecto del Acceso - la presentación de proyectos alternativos u observaciones al mismo, se convocará a Audiencia Pública para recibir las oposiciones a fin de permitir al solicitante contestar las mismas y exponer sus argumentos. De no haber recibido presentación fundada alguna, vencido el plazo indicado en el Artículo 3 precedente, se considerará emitido el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública y autorizado el Acceso. 4.- El Solicitante deberá incorporar en la ampliación todas las observaciones presentadas por CAMMESA, TRANSENER S.A. y TRANSPA S.A. a efectos de garantizar el funcionamiento del Mercado Eléctrico Mayorista. 5.- Disponer que TRANSENER S.A. y TRANSPA S.A. deban firmar un Convenio de Conexión en la ET Santa Cruz Norte. 6.- Disponer que TRANSPA S.A. y SPSE deban firmar un Convenio de Conexión entre ambas empresas en la ET Caleta Olivia. 7.- Notificar a TRANSENER S.A., a TRANSPA S.A., a SPSE, a la SECRETARIA DE ESTADO DE AMBIENTE del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE de la Provincia de SANTA CRUZ, al COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELÉCTRICO FEDERAL (CAF), a CAMMESA y a la SECRETARIA DE ENERGÍA ELÉCTRICA. Firmado: Vocal Primero Ing. Carlos Manuel Bastos - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Ricardo Martínez Leone -.
Ma. Graciela Andina Silva de Alfano, Secretaria del Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.
e. 28/11/2017 N° 91997/17 v. 28/11/2017
Fecha de publicación 28/11/2017