ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - DIRECCIÓN REGIONAL ADUANERA HIDROVÍA - ADUANA DE ROSARIO
EDICTO
Rosario, 24 de Noviembre de 2017.
Desde la Actuación N° 17539-24-2017 SC 177/2017, y habiéndose dictado resolutorio se NOTIFICA al A.T.A. AGENCIA MARITIMA MARSA S.R.L. CUIT N° 30-70953902-3, la Resolución Fallo N° 854/2017 (AD ROSA) recaída en los actuados, que dice: “VISTO:... CONSIDERANDO: ... RESUELVE: ARTICULO 1°: DECLARAR EXTINGUIDA la acción penal promovida en autos contra el A.T.A. AGENCIA MARITIMA MARSA S.R.L. CUIT N° 30-70953902-3, atento haber cancelado el importe de la multa por infracción al Art. 994 inc. c) del C.A., el cual asciende a PESOS QUINIENTOS CON 00/100 CVOS. ($ 500,00), conforme constancias obrantes en autos, y por los motivos expresados en los considerandos que anteceden; ello en los términos de los Art. 930 y 932 de la misma ley, dejándose expresamente establecido que los antecedentes no serán registrados. ARTICULO 2°: TENER POR DISTRIBUIDO el producto de la multa mínima, debiéndose tener en cuenta para ello los lineamientos del Decreto N° 258/99.- ARTICULO 3°: Por Sección sumarios, REGISTRESE Y NOTIFIQUESE; consentido y/o firme que fuere. PROCEDASE al levantamiento de la denuncia obrante a fs. 4 de autos. CUMPLIDO, ARCHIVESE. Fdo. Mgter. Fadda Héctor Gustavo Administrador (I) División aduana de Rosario. Dirección Regional Aduanera Hidrovía.-
Juan Jose Lionello, A/cargo División Aduana Rosario, Disp. 93/16 (DI RAHI).
e. 28/11/2017 N° 91853/17 v. 28/11/2017
Fecha de publicación 28/11/2017