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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN

Disposición 1017-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 24/11/2017

VISTO el Expediente Nº 1-2002-4300012585/17-9 del Registro de este SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN (SNR) y,

CONSIDERANDO:

Que por medio del mismo tramita la categorización e inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD de la institución “FUNDACIÓN DESPLEGAR PARA LA INVESTIGACIÓN Y ATENCIÓN PSICOLÓGICA, HACIA UNA MEJOR CALIDAD DE VIDA”.

Que el día 13 de septiembre de 2017 se llevo a cabo la auditoría de categorización en terreno, obrando agregada al expediente el acta debidamente notificada.

Que se procedió a la evaluación de los antecedentes del servicio de la mencionada institución según el MARCO BÁSICO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE PRESTACIONES Y ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD aprobado por Resolución Ministerial Nº 1328/06.

Que para la evaluación mencionada se utilizaron las Guías de Evaluación Institucional aprobadas por la Resolución Nº 14/00 DE LA PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BÁSICAS DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (PDSPBAIPD).

Que el día 21 de septiembre de 2017 se presenta la interesada informando que había subsanado las observaciones realizadas en la auditoría.

Que merituando la constatación en terreno y la documentación aportada, la Junta Evaluadora emitió el informe que hace a su competencia el día 27 de septiembre de 2017, en el que si bien la institución presentaba incumplimientos varios que obstaban a su ingreso al REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD, lo manifestado por la interesada ameritaba una nueva evaluación en terreno para verificar sus dichos.

Que por el principio de verdad material se dispuso la realización de una nueva evaluación en terreno, la cual se llevó a cabo el 19 de octubre de 2017, obrando agregada al expediente el acta debidamente notificada.

Que al igual que en la oportunidad anterior, se procedió a la evaluación de los antecedentes del servicio de la mencionada institución según el MARCO BÁSICO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE PRESTACIONES Y ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD aprobado por Resolución Ministerial Nº 1328/06 y se utilizaron las Guías de Evaluación Institucional aprobadas por la Resolución Nº 14/00 (PDSPBAIPD).

Que de la constatación en terreno y la documentación aportada, la Junta Evaluadora emitió el informe que hace a su competencia el día 3 de noviembre de 2017, en el que concluyó que la institución se encuentra en condiciones de ingresar al REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

Que obra agregado el Formulario de Constancia de Categorización conforme Punto 8.2.3., Anexo I, Resolución N° 02/13 (PDSPBAIPD).

Que obra agregada en el expediente la Declaración Jurada de Población Asistida realizada por la Institución, conforme Anexo I, punto 8.2.2, Resolución N° 02/13 (PDSPBAIPD), que al momento de la auditoría era de dos (2) concurrentes en jornada doble.

Que asimismo del último de los informes citados surge que al momento de la auditoría en terreno se constató que la institución “THESLENCO” de Luisa Julieta THESLENCO que se encontraba categorizada en el mismo domicilio, en la prestación Centro de Día, no funciona más en dicho lugar, acreditando la interesada de las presentes actuaciones la ocupación legítima del predio; por lo que corresponde excluirla del Registro Nacional de Prestadores.

Que la DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS del SNR han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta por aplicación de los artículos 1º, inciso f), apartado 3) de la Ley Nº 19.549, Ley Nacional de Procedimientos Administrativos y en virtud de las facultades conferidas al SNR por los Decretos Nros. 1193/98 y 627/10, y Disposición SNR Nº 1176/11.

Por ello,

LA DIRECTORA DEL SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Categorízase a la institución “FUNDACIÓN DESPLEGAR PARA LA INVESTIGACIÓN Y ATENCIÓN PSICOLÓGICA, HACIA UNA MEJOR CALIDAD DE VIDA”, C. U. I. T. N° 30-71194722-8, con domicilio legal en la calle Zapiola Nº 2046 Planta Baja departamento C, Código Postal Nº 1428 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y real en la calle Virrey Liniers Nº 1649/51 Código Postal Nº 1602, de la localidad de Florida, partido de Vicente López, provincia de Buenos Aires en la modalidad prestacional de Centro de Día, categoría “A”, con un cupo de cuarenta y cinco (45) concurrentes en jornada simple y/o doble.

ARTÍCULO 2º.- Inscríbase a la institución “FUNDACIÓN DESPLEGAR PARA LA INVESTIGACIÓN Y ATENCIÓN PSICOLÓGICA, HACIA UNA MEJOR CALIDAD DE VIDA” en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

ARTÍCULO 3º.- Dáse de baja del REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD a la Institución “THESLENCO” de Luisa Julieta THESLENCO, C. U. I. T. N° 27-03081912-3, con domicilio legal y real en la calle Virrey Liniers Nº 1651 Código Postal Nº 1602, de la localidad de Florida, partido de Vicente López, provincia de Buenos Aires respecto de la modalidad prestacional de Centro de Día.

ARTÍCULO 4º.- Contra el presente acto podrá deducirse el Recurso de Reconsideración previsto en el artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1759/72 (t.o. 2017) el que deberá interponerse en el plazo de diez (10) días de notificada la presente.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Vanesa Noemí Diaz.

e. 30/11/2017 N° 92936/17 v. 30/11/2017

Fecha de publicación 30/11/2017