ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DVSAPLA 2
Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).-
EDICTO N°
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...” ARTICULO 1°: ARCHIVAR la presente denuncia, en los términos de la citada Instrucción N° 09/2017, es decir previa acreditación de su clave única de identificación tributaria procediendo a la entrega de la mercadería detallada en el Acta de Equipaje N° 10/13 de fecha 17/03/13, detallada a fs.2 o en su defecto, proceder al despacho de oficio, en los términos del art.429 y sgtes del C.A.. Asimismo, deberá exigirse en caso de corresponder la presentación de los Certificados o intervenciones de organismos competentes (DJCP y etiquetado conforme Res.850/96, Res.509/99 y Certificado de Origen), en caso contrario, se procederá conforme la normativa establecida por la Sección V, Tit. II de la Ley N° 22.415 o en caso de corresponder PROCEDER DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA Ley 25603, art.4° y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación.-.Fdo.: Abog. María Susana Saladino, Jefe (int) del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
EXPEDIENTE | IMPUTADO | ACTA Nº | RESOLUCIÓN |
13364-15-2013 | ADRIANA PATRICIA RODRIGUEZ SILVA (CIU N:4933785-0) GONZALO MARTIN RACO (CIU: 4551596-6) | Acta de Equipaje de fecha 17/03/13 | 8834/17 |
Marcos M. Mazza, Jefe División (Int.) Secretaría Nº 2 (DE PRLA).
e. 30/11/2017 N° 92740/17 v. 30/11/2017
Fecha de publicación 30/11/2017