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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

Disposición 6495-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 29/11/2017

VISTO el Expediente EX-2017-26783434-APN-DG#DNM del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la Ley N° 25.871 y su modificatoria, el Decreto Nº 616 del 3 de mayo de 2010, la Disposición DNM N° 3162-E del 9 de junio de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Disposición DNM N° 3162-E del 9 de junio de 2017, se resolvió conceder residencia transitoria a tenor de lo normado por el artículo 24, inciso h) de la Ley N° 25.871 por el término de hasta TREINTA (30) días a los ciudadanos extranjeros que ingresen al país con pasaporte ordinario hábil y vigente y que por su nacionalidad no requieran del visado consular argentino en la subcategoría migratoria “turista” con el objeto de participar de la Conferencia Ministerial de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE COMERCIO (OMC), que se llevará a cabo en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, entre los días 10 al 14 de diciembre de 2017.

Que de acuerdo a lo informado por la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS CONSULARES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, con motivo de la aludida conferencia, se celebrarán eventos paralelos, que contarán con la participación de extranjeros de diversas nacionalidades.

Que los referidos eventos son: a) El “Foro Académico”, organizado por el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, a realizarse el 13 de diciembre en la ciudad de Buenos Aires, con la participación de “altas personalidades”; b) El “Foro Empresarial”, organizado con la colaboración del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, a realizarse el próximo 12 de diciembre, también en la Ciudad de Buenos Aires; c) El “Simposio de Comercio y Desarrollo Sostenible (ICTSDS)”, organizado con la colaboración del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, a realizarse entre los días 11 y 13 de diciembre en la Ciudad de Buenos Aires y d) La “Conferencia Parlamentaria sobre la Organización Mundial de Comercio (OMC)”, evento organizado con la colaboración del Congreso Nacional, a celebrarse los días 9 y 10 de diciembre en la Ciudad de Buenos Aires.

Que en atención a la envergadura de los eventos referidos, corresponderá extender los beneficios previstos por la Disposición DNM N° 3162-E/17 a quienes asistan a ellos.

Que la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 25.871 y su modificatoria y su Decreto Reglamentario N° 616 del 3 de mayo de 2010, el artículo 29 de la Ley N° 25.565 y el Decreto N° 1410 del 3 de diciembre de 1996.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Extiéndase el régimen previsto por la Disposición DNM N° 3162-E/17 a los ciudadanos extranjeros que ingresen al país con pasaporte ordinario hábil y vigente y que por su nacionalidad no requieran del visado consular argentino en la subcategoría migratoria “turista”, con el objeto de participar de los siguientes eventos: a) El “Foro Académico”, a realizarse el 13 de diciembre en la ciudad de Buenos Aires; b) El “Foro Empresarial”, a realizarse el próximo 12 de diciembre, también en la Ciudad de Buenos Aires; c) El “Simposio de Comercio y Desarrollo Sostenible (ICTSDS)”, a realizarse entre los días 11 y 13 de diciembre en la Ciudad de Buenos Aires y d) La “Conferencia Parlamentaria sobre la Organización Mundial de Comercio (OMC)”, a celebrarse los días 9 y 10 de diciembre en la Ciudad de Buenos Aires.

ARTÍCULO 2º.- Por la DIRECCIÓN OPERATIVA LEGAL, póngase en conocimiento de la presente a la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS CONSULARES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Horacio José García.

e. 01/12/2017 N° 93260/17 v. 01/12/2017

Fecha de publicación 01/12/2017