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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - ADUANA CONCEPCIÓN DEL URUGUAY

–EDICTO–

La Dirección General de Aduanas comunica mediante el presente por un (1) día las siguientes Resoluciones, correspondiente a los Sumarios Contenciosos Nº 12/2017/2; 75-2016/8 y 118-2016/5, “La Administradora de la Aduana de Concepción del Uruguay” RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- CONDENAR a la Señora BOGADO Daisy Carolina con Documento de Identidad Nº 94.254.530 con domicilio en calle Alsina Nº 3241 Piso 4 Dto. A de la Localidad de Capital Federal Provincia de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por la falta cometidad en infracción al artículo Nº 986 del Código Aduanero, al comiso de la mercadería.-

ARTÍCULO 2º.- APLICAR a la condenada a una multa equivalente a una (1) vez en el valor en plaza de la mercadería en infracción, cuyo monto asciende a $ 62.379,60 (PESOS SESENTA Y DOS MIL TRECIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 60/100.-

ARTÍCULO 3º.- INTIMAR a la encartada, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 1122, ss, de la Ley 22.415, al ingreso de la suma dispuesta en el artículo anterior, en el perentorio plazo de 15 días hábiles administrativos contados a partir de su notificación.-

ARTÍCULO 4º.- Por conducto de la Sección “Económica Financiera”, proceder a la liquidación y posterior distribución de la suma establecida por la falta cometida en infracción al artículo Nº 986 del Código Aduanero.-

ARTÍCULO 5º.- PROCEDER por la Sección “Inspección Operativa” a disponer de la mercadería en infracción conforme lo provisto en la Ley 22.415 o 25603, modificatorias y concordantes.-

ARTÍCULO 6º.- REGÍSTRESE. NOTIFIQUESE. Por Oficina Administrativa. CUMPLIMÉNTESE con constancia la Resolución (ANA) Nº 4475/80. Fecho pase a la Sección “Económica Financiera” para la intervención que le compete. Finiquitado que fuere, ARCHÍVESE.-

RESOLUCIÓN Nº 205/2017 (AD COUR)

ARTÍCULO 1º.- CONDENAR al Señor CORDOBA Victor Albino con Documento de Identidad Nº 30.561.498 con domicilio en calle M. de Oca Nº 1011 Piso 1 Dto. 8 de la Localidad de Capital Federal Provincia de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por la falta cometidad en infracción al artículo Nº 986/987 del Código Aduanero, al comiso de la mercadería.-

ARTÍCULO 2º.- APLICAR al condenado a una multa equivalente a una (1) vez en el valor en plaza de la mercadería en infracción, cuyo monto asciende a $ 78.242,16 (PESOS SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 16/100.-

ARTÍCULO 3º.- INTIMAR al encartado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 1122,ss, de la Ley 22.415, al ingreso de la suma dispuesta en el artículo anterior, en el perentorio plazo de 15 días hábiles administrativos contados a partir de su notificación.-

ARTÍCULO 4º.- Por conducto de la Sección “Económica Financiera”, proceder a la liquidación y posterior distribución de la suma establecida por la falta cometida en infracción al artículo Nº 986/987 del Código Aduanero.-

ARTÍCULO 5º.- PROCEDER por la Sección “Inspección Operativa” a disponer de la mercadería en infracción conforme lo provisto en la Ley 22.415 o 25603, modificatorias y concordantes.-

ARTÍCULO 6º REGÍSTRESE. NOTIFIQUESE. Por Oficina Administrativa. CUMPLIMÉNTESE con constancia la Resolución (ANA) Nº 4475/80. Fecho pase a la Sección “Económica Financiera” para la intervención que le compete. Finiquitado que fuere, ARCHÍVESE.-

RESOLUCIÓN Nº 205/2017 (AD COUR)

ARTÍCULO 1º.- CONDENAR a la Señora BENITEZ Daiana Mariela con Documento de Identidad Nº 30.128.196 con domicilio en calle Salta y Entre Ríos Nº 1 de la Localidad de El Dorado Provincia de Misiones, por la falta cometidad en infracción al artículo Nº 987 del Código Aduanero, al comiso de la mercadería.-

ARTÍCULO 2º.- APLICAR a la condenada a una multa equivalente a una (1) vez en el valor en plaza de la mercadería en infracción, cuyo monto asciende a $ 98.959,24 (PESOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 24/100.-

ARTÍCULO 3º.- INTIMAR a la encartada, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 1122,ss, de la Ley 22.415, al ingreso de la suma dispuesta en el artículo anterior, en el perentorio plazo de 15 días hábiles administrativos contados a partir de su notificación.-

ARTÍCULO 4º.- Por conducto de la Sección “Económica Financiera”, proceder a la liquidación y posterior distribución de la suma establecida por la falta cometida en infracción al artículo Nº 987 del Código Aduanero.-

ARTÍCULO 5º.- PROCEDER por la Sección “Inspección Operativa” a disponer de la mercadería en infracción conforme lo provisto en la Ley 22.415 o 25603, modificatorias y concordantes.-

ARTÍCULO 6º.- REGÍSTRESE. NOTIFIQUESE. Por Oficina Administrativa. CUMPLIMÉNTESE con constancia la Resolución (ANA) Nº 4475/80. Fecho pase a la Sección “Económica Financiera” para la intervención que le compete. Finiquitado que fuere, ARCHÍVESE.-

RESOLUCIÓN Nº 206/2017 (AD COUR)

ADUANA CONCEPCION DEL URUGUAY E.R.,

Marcela Plouchouk, Administradora (I), División Aduana Concepción del Uruguay.

e. 13/12/2017 N° 96338/17 v. 13/12/2017

Fecha de publicación 13/12/2017