ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - ADUANA CONCEPCIÓN DEL URUGUAY
-EDICTO-
La Dirección General de Aduanas comunica mediante el presente por un (1)día las siguientes Resoluciones, correspondiente a los Sumarios Contenciosos Nº 63/2017/1; 44-2017/3 y 52-2017/5, “La Administradora de la Aduana de Concepción del Uruguay” RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- CONDENAR a la Señora ALVAREZ Yesica Gabriela con Documento de Identidad Nº 36.330.431 con domicilio en calle El Mensu Nº 15 de la Localidad de Puerto de Iguazú Provincia de Misiones, al pago en concepto de multas de la suma de PESOS VEINTE MIL DOSCIENTOS OCHO CON 38/100 ( $20.208,38), por la falta cometida en infracción al artículo Nº 987 del Código Aduanero Ley 22.415.-
ARTÍCULO 2º.- INTIMAR al encartado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 1122,ss, de la Ley 22.415, al ingreso de la suma dispuesta en el artículo 1ro. En el perentorio plazo de 15 días hábiles administrativos contados a partir de su notificación.-
ARTÍCULO 3º.- Por conducto de la Sección “Económica Financiera”, proceder a la liquidación y posterior distribución de la suma establecida por la falta cometida en infracción al artículo Nº 987 del Código Aduanero.-
ARTÍCULO 4º.- PROCEDER por la Sección “Inspección Operativa” a disponer de la mercadería en infracción conforme lo provisto en la Ley 25603, modificatorias y concordantes.-
ARTÍCULO 5º. - REGÍSTRESE. NOTIFIQUESE. Por Oficina Administrativa. CUMPLIMÉNTESE con constancia la Resolución (ANA) Nº 4475/80. Fecho pase a la Sección “Económica Financiera” para la intervención que le compete. Finiquitado que fuere, ARCHÍVESE.-
RESOLUCIÓN Nº 200/2017 (AD COUR)
ARTÍCULO 1º.- CONDENAR al Señor LOPEZ Juan Ricardo con Documento de Identidad Nº 11.201.989, con domicilio en calle Silveira Nº 21 de la Localidad de Puerto de Iguazú Provincia de Misiones, al pago en concepto de multas de la suma de PESOS TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS CUARENTA CON 10/100.-
ARTÍCULO 2º.- INTIMAR al encartado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 1122,ss, de la Ley 22.415, al ingreso de la suma dispuesta en el artículo 1ro. En el perentorio plazo de 15 días hábiles administrativos contados a partir de su notificación.-
ARTÍCULO 3º.- Por conducto de la Sección “Económica Financiera”, proceder a la liquidación y posterior distribución de la suma establecida por la falta cometida en infracción al artículo Nº 987 del Código Aduanero.-
ARTÍCULO 4º.- PROCEDER por la Sección “Inspección Operativa” a disponer de la mercadería en infracción conforme lo provisto en la Ley 25603, modificatorias y concordantes.-
ARTÍCULO 5º REGÍSTRESE. NOTIFIQUESE. Por Oficina Administrativa. CUMPLIMÉNTESE con constancia la Resolución (ANA) Nº 4475/80. Fecho pase a la Sección “Económica Financiera” para la intervención que le compete. Finiquitado que fuere, ARCHÍVESE.-RESOLUCIÓN Nº 192/2017 (AD COUR)
ARTÍCULO 1º.- CONDENAR al Señor FALL Ibrahima con Pasaporte Nº A011110978, con domicilio en calle Ecuador Nº 183 de la Localidad de Avelllaneda, Provincia de Buenos Aires, por la falta cometidad en infracción al artículo Nº 987 del Código Aduanero, al comiso de la mercadería.-
ARTÍCULO 2º.- APLICAR al condenado a una multa equivalente a una (1) vez en el valor en plaza de la mercadería en infracción, cuyo monto asciende a $ 84.997,28 (PESOS OCHENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 28/100)
ARTÍCULO 3º.- INTIMAR al encartado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 1122,ss, de la Ley 22.415, al ingreso de la suma dispuesta en el artículo 1ro. En el perentorio plazo de 15 días hábiles administrativos contados a partir de su notificación.-
ARTÍCULO 4º.- Por conducto de la Sección “Económica Financiera”, proceder a la liquidación y posterior distribución de la suma establecida por la falta cometida en infracción al artículo Nº 987 del Código Aduanero.-
ARTÍCULO 5º.- PROCEDER por la Sección “Inspección Operativa” a disponer de la mercadería en infracción conforme lo provisto en la Ley 25603, modificatorias y concordantes.-
ARTÍCULO 6º.- REGÍSTRESE. NOTIFIQUESE. Por Oficina Administrativa. CUMPLIMÉNTESE con constancia la Resolución (ANA) Nº 4475/80. Fecho pase a la Sección “Económica Financiera” para la intervención que le compete. Finiquitado que fuere, ARCHÍVESE.-
RESOLUCIÓN Nº 204/2017 (AD COUR)
ADUANA CONCEPCION DEL URUGUAY E.R.,
Marcela Plouchouk, Administradora (I), División Aduana Concepción del Uruguay.
e. 13/12/2017 N° 96339/17 v. 13/12/2017
Fecha de publicación 13/12/2017