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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL Y SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO

Resolución Conjunta 1-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 12/12/2017

VISTO el Expediente Electrónico EX-2017-10435379-APN-GA#SMN, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Conjunta del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL N° 1 y de la ex SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 275 del 4 de noviembre de 2015, se aprobó la incorporación del personal permanente del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Que el mencionado proceso de incorporación se llevó a cabo de conformidad a las pautas establecidas en el “PROCEDIMIENTO PARA LA INCORPORACIÓN DE PERSONAL PERMANENTE COMPRENDIDO EN OTROS ESCALAFONES EN EL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO POR APLICACIÓN DE SU ARTÍCULO 25 (DECRETO 2098/08)”, aprobado por el Anexo I de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 38 del 16 de marzo de 2010, modificada por su similar N° 129 del 28 de octubre de 2011.

Que a los efectos de determinar el Grado Escalafonario correspondiente a cada agente a incorporar en el SINEP, se dividió por TREINTA Y SEIS (36) meses la experiencia laboral acreditada conforme a lo establecido en el inciso b) del artículo 134 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL aprobado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006, de acuerdo a lo estipulado en el inciso 1) del artículo 7 del Anexo I de la citada Resolución N° 38/10 y modificatoria.

Que, asimismo, para la asignación del Tramo Escalafonario, se procedió a asignar Tramo Intermedio al personal que del resultado de la aplicación de la división especificada en el párrafo precedente, accedió al Grado Escalafonario OCHO (8) o superior, y por ende, se asignó el Tramo General al personal que accedió al Grado SIETE (7) o inferior, todo esto conforme lo establece el 4° párrafo del inciso 1) del artículo 7 del Anexo I de la Resolución N° 38/10 y modificatoria.

Que del artículo 1 del Anexo I de la mencionada Resolución N° 38/10 y modificatoria, dispone que “Las tareas a informar serán las permanentes que correspondan a la función o puesto de trabajo asignado al último día del mes inmediato anterior al dictado del acto que dispusiera la incorporación al Sistema Nacional de Empleo Público”.

Que el Comité de Valoración que intervino en el proceso de incorporación al SINEP de los agentes permanente del SERVICO METEOROLÓGICO NAICONAL, expresó en el Anexo I de su Acta N° 5 de fecha 25 de febrero de 2015, que el Grado y Tramo correspondientes a cada uno de los agentes involucrados en el referenciado proceso, han sido calculados teniendo en cuenta la antigüedad laboral computable al día 30 de junio de 2014.

Que la fecha del acto administrativo de incorporación al SINEP del personal permanente del Organismo citado en el considerando anterior, es el 4 de noviembre de 2015, y por tanto existe un lapso temporal de DIECISÉIS (16) meses que no fue tenido en cuenta a los fines de determinación del Grado y Tramo Escalafonarios, de acuerdo a las pautas mencionadas en los Considerandos 3° y 4° de la presente.

Que en consecuencia, y mediante la aplicación de la norma estipulada en la 2° oración del 3° párrafo del artículo 1 del Anexo I de la mencionada Resolución N° 38/10 y modificatoria, se procedió a actualizar el Grado Escalafonario a los agentes permanentes del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL detallados en el Anexo I IF-2017-13763886-APN-GA#SMN, y el Grado y Tramo Escalafonarios a los agentes permanentes especificados en el Anexo II IF-2017-13763776-APN-GA#SMN.

Que el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas presupuestarias correspondientes al SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL.

Que por el Decreto Nº 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, se modificó la Ley de Ministerios Nº 22.520 (t.o. Decreto Nº 438/92 y sus modificatorios) creándose por el artículo 23 octies el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, asignándole como competencias propias las de “Diseñar, proponer y coordinar las políticas de transformación y modernización del Estado en las distintas áreas del Gobierno Nacional, su Administración central y descentralizada, e intervenir como Órgano Rector en materia de Empleo en el Sector Público y como Autoridad de Aplicación, control e interpretación de dicho régimen (...)”.

Que por Decreto N° 151 de fecha 17 de diciembre de 2015 se transfirió la SECRETARÍA DE GABINETE y sus unidades organizativas dependientes, con excepción de la SUBSECRETARÍA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA, desde la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a la órbita del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que por Decreto N° 13 de fecha 5 de enero de 2016, se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, creándose la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO la cual tiene dentro de sus objetivos los de entender en el diseño, desarrollo e implementación de las carreras administrativas del personal del ESTADO NACIONAL, motivo por el cual las competencias que detentaba la mencionada Secretaría de Gabinete en el marco de la Resolución N° 38/10, le corresponden a la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO.

Que el DEPARTAMENTO SERVICIO JURÍDICO del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA, han tomado debida intervención.

Que asimismo la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN también tomó la intervención de su competencia.

Que el presente acto se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 11 del Anexo I de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N° 38/10 y su modificatoria.

Por ello,

LA DIRECTORA DEL SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL

Y

EL SECRETARIO DE EMPLEO PÚBLICO DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°.- Rectifíquese la Resolución Conjunta del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL N° 1/15 y de la ex SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 275/15 en el Grado Escalafonario de los agentes permanentes del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL de acuerdo al detalle obrante en el Anexo I (IF-2017-13763886-APN-GA#SMN) que forma parte integrante de este acto.

ARTÍCULO 2°.- Rectifíquese la Resolución Conjunta del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL N° 1/15 y de la ex SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 275/15 en el Grado y Tramo Escalafonarios de los agentes permanentes del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL de acuerdo al detalle obrante en el Anexo II (IF-2017-13763776- APNGA# SMN) que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de esta medida será atendido con las partidas presupuestarias correspondientes al SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Celeste Saulo. — Pablo Martin Legorburu.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Conjunta se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 14/12/2017 N° 96923/17 v. 14/12/2017

Fecha de publicación 14/12/2017