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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO

Resolución 359-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 25/10/2017

VISTO el Expediente ACR N° 0000646/2017, la Ley N° 26.168, la Resolución ACUMAR N° 05/2017 y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.168 creó la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR) como ente de derecho público interjurisdiccional, con competencias en el área de la Cuenca Matanza Riachuelo en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los partidos de Lanús, Avellaneda, Lomas de Zamora, Esteban Echeverría, La Matanza, Ezeiza, Cañuelas, Almirante Brown, Morón, Merlo, Marcos Paz, Presidente Perón, San Vicente, y General Las Heras, de la Provincia de Buenos Aires.

Que la citada Ley de creación establece en su artículo 2º in fine que la ACUMAR dictará sus reglamentos de organización interna y de operación.

Que asimismo el artículo 5º de la mencionada ley otorga al organismo facultades de regulación, control y fomento respecto de las actividades industriales, la prestación de servicios públicos y cualquier otra actividad con incidencia ambiental en la Cuenca, pudiendo intervenir administrativamente en materia de prevención, saneamiento, recomposición y utilización racional de los recursos naturales.

Que al ser la ACUMAR un organismo que, a través de sus distintas áreas, genera y gestiona una gran cantidad de datos, resulta esencial consolidar toda esa información georeferenciada en un sistema único que permita procesarla, integrarla y analizarla.

Que en este sentido, se considera de valiosa utilidad el uso de un sistema de información geográfico que permita almacenar, integrar, vincular y analizar los datos con que se cuenta y aquellos que se generan y vincularlos con el espacio geográfico de la Cuenca.

Que esta herramienta contribuirá a recopilar la información existente en el organismo, con el fin de procesarla y generar resultados que orienten la toma de decisiones ambientales estratégicas que coadyuven al cumplimiento de los objetivos de creación de la ACUMAR, promoviendo asimismo, el acceso a la información pública ambiental, la trasparencia y la eficiencia en la gestión.

Que ha tomado intervención la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la ACUMAR.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 26.168 y la Resolución ACUMAR N° 05/2017.

Por ello,

LA PRESIDENTE DE LA AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Créase en el ámbito de la DIRECCIÓN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN POLÍTICA Y SOCIAL, el SISTEMA DE INFORMACIÓN PARA EL ORDENAMIENTO AMBIENTAL DEL TERRITORIO DE LA CUENCA MATANZA RIACHUELO (SIOAT-CMR), con la finalidad de procesar, recopilar, estandarizar, centralizar, sistematizar, analizar y difundir toda la información espacial georreferenciada de la Cuenca Matanza Riachuelo.

ARTÍCULO 2°.- A través del SIOAT-CMR todas las áreas de la ACUMAR deberán generar, mantener y gestionar toda la información susceptible de ser georreferenciada.

ARTÍCULO 3°.- Delégase en la DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN POLÍTICA Y SOCIAL la facultad de dictar las normas reglamentarias que permitan una correcta y eficiente implementación del sistema regulado en la presente resolución.

ARTÍCULO 4°.- Apruébase como ANEXO I IF-2017-24899635-APN-DAJ#ACUMAR el “PROTOCOLO DE NORMAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA LA ESTANDARIZACIÓN, INTEGRACIÓN Y TRANSFERENCIA DE DATOS GEORREFERENCIADOS”, el cual forma parte integrante de la presente, y al que deberán ajustarse todos los procesos de generación y mantenimiento de datos que se lleven a cabo en el ámbito de la ACUMAR.

ARTÍCULO 5°.- La presente entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dorina Bonetti.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 15/12/2017 N° 97618/17 v. 15/12/2017

Fecha de publicación 15/12/2017