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6 de Junio de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - ADUANA CONCEPCIÓN DEL URUGUAY

EDICTO

Se notifica a través del presente a las personas que se detallan a continuación, haciéndoles saber que en las Actuaciones citadas que tramitan ante esta Aduana ha recaído RESOLUCIÓN AD COUR, cual su parte pertinente expresa: “...RESUELVE...ARTÍCULO 1º- DISPONER EL ARCHIVO PROVISORIO.........en los términos de la INSTURCCIÓN GENERAL Nº 9/2017 (DGA), punto D – 6)....ARTICULO 2º – HACER SABER a la parte interesada que dentro de los quince (10) días hábiles administrativos de notificada la presente, previo al pago de los tributos que gravan a la importación a consumo y el de acreditar el interesado su condición fiscal, bajo el apercibimiento de darle el tratamiento previsto en el art. 429 y ss. del Código Aduanero ....ARTÍCULO 3º - REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE y Póngase en conocimiento de la Sección Inspección Operativa” quien deberá darle a la mercadería en cuestión el tratamiento dispuesto en la Ley 22.415 o 25.603, en lo que se refiere a la destinación de la misma. Cumplido y con constancia, archívese.- Fdo.: ING. AG. MARCELA PLOUCHOUK – ADMINISTRADORA DE LA ADUANA CONCEPCION DEL URUGUAY-ENTRE RIOS.

ACTUACION NºIMPUTADOINFRACC.TRIBUTOS
12468-302-2017RAMIREZ FEDERICO OSCARArt. 987U$S 495,89
12468-366-2016/1SASSO JAVIERArt. 987U$S 374,54
12468-462-2016/1DEL RIO NELIDAArt. 987U$S 206,45
12468-590-2016LOPEZ TORRES MUÑOZArt. 987U$S 286,07

Se hace saber a los interesados de los Sumarios Contenciosos que se detallan a continuación, que SE ENCUENTRAN DEBIDAMENTE NOTIFICADOS a partir del día de la fecha - artículo 1013 inciso h) del C. A. Ley 22.415, de la RESOLUCION-FALLOS definitivos, que se han dictado, Haciéndoles saber el importe de la multa impuesta en la condena, la que deberán efectivisarse en el perentorio término de QUINCE (15) días hábiles de la publicación del presente Edicto. Podrán hacer uso de las normas contenidas en el Cap. II RECURSO DE APELACIÓN Y DEMANDAS CONTENCIOSAS, Titulo III, Secc. XIV Procedimientos, en los términos del art. 1.132 y 1.133 del Código Aduanero. Haciéndoles saber que en su defecto, la presente resolución se tendrá por firme y pasará en autoridad de cosa juzgada (art. 1139 C. A.). Fdo.: Juez Administrativo ING. AG. MARCELA PLOUCHOUK – ADMINISTRADORA DE LA ADUANA CONCEPCION DEL URUGUAY-ENTRE RIOS.

SUMARIOS N° IMPUTADO/SDOCUMENTOART. C.AFALLO NºTIPO FALLOMULTA $
015-SC 56-2017/8QUISPE CALLE LUDE SANDRO92852830986/987216/2017 (AD COUR)CONDENA19771,14
015-SC 04-2017/0TARSIA FLORENCIA36904602987215/2017 (AD COUR)CONDENA69100,41
015-SC 125-2016/9MADDONNI LUIS GERMAN24762426986/987214/2017 (AD COUR)CONDENA18035,12
015-SC 72-2017/1SANTA CRUZ VILLALBA MARTA94720460987213/2017 (AD COUR)CONDENA58829,87

CORRASE VISTA de todo lo actuado por el término de DIEZ (10) DÍAS hábiles administrativos, contados a partir de publicado el presente a las personas que se indican a fin de que presenten su defensa, ofrezcan pruebas y agreguen toda la documental que estuviere en su poder, o en su defecto, la individualizarán indicando su contenido, el lugar y la persona en cuyo poder se encontrare, todo ello en los términos del artículo 1101 del Código Aduanero, bajo apercibimiento de ser declarados en rebeldía conforme el artículo 1105 del citado texto legal, debiendo constituir domicilio dentro del radio urbano de esta Aduana –art. 1001 del C.A.-, sito en Estrada Nº 4 de Concepción del Uruguay (E.R.), donde quedarán notificados de pleno derecho de todas las providencias y/o resoluciones que se dictaren, en la forma prevista en el art. 1013, inc. g) del C.A..- Quedan Uds. debidamente NOTIFICADOS. Fdo.: ING. AG. MARCELA PLOUCHOUK – ADMINISTRADORA DE LA ADUANA CONCEPCION DEL URUGUAY-ENTRE RIOS.

SUMARIOS NºIMPUTADO/SDOCUMENTOINFRACCION ART.MULTA $
015-SC145-2017/3MEDINA BRITEZ MARIO LEONARDO3768922598719259,11

ADUANA CONCEPCION DEL URUGUAY E.R.,

Marcela Plouchouk, Administradora (I), División Aduana Concepción del Uruguay.

e. 18/12/2017 N° 98029/17 v. 18/12/2017

Fecha de publicación 18/12/2017