ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 5164-E/2017
RESOL-2017-5164-APN-ENACOM#MM - FECHA 11/12/2017 ACTA 27
EXPCNC E 2668/1997
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Registrar a COOPERATIVA TELEFONICA DE CALAFATE LIMITADA (C.U.I.T. 30-57143756-9), en el Registro de Servicios, como Operador Móvil Virtual. 2.- El presente registro no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar la disponibilidad de recursos de numeración y/o señalización para la prestación del servicio inscripto, debiendo la autorización de uso de estos recursostramitarse de conformidad con los términos y condiciones contemplados en la normativa aplicable. 3.- Notifíquese al interesado. 4.- Comuníquese, publíquese. Firmado: Miguel Ángel De Godoy, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página web de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.
Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho, Ente Nacional de Comunicaciones.
e. 21/12/2017 N° 99500/17 v. 21/12/2017
Fecha de publicación 21/12/2017