ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 5178-E/2017
RESOL-2017-5178-APN-ENACOM#MM – Fecha 11/12/2017– ACTA 27
EXPAFSCA 506.00.0/2014
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Aprobar los actos del concurso público número QUINIENTOS SEIS (506), con el objeto de adjudicar 4 licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de 4 servicios de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la localidad de OBERÁ, provincia de MISIONES. 2.- Adjudícar a la señora Graciela Susana FERNANDEZ (DNI 24.414.356 - CUIT 27-24414356-9), una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la frecuencia de 107.5 MHz, canal 298, con categoría F, en la localidad de OBERÁ, provincia de MISIONES. 3.- Rechazar por inadmisibles las ofertas presentadas por las firmas LA VERDAD S.R.L. (CUIT 30-69810198-5) y EL AIRE DE INTEGRACIÓN S.R.L. (CUIT 30-68783426-3), la señora Raquel Leonor GARCIA (DNI 29.552.474 -CUIT 27-29552474-5) y el señor Marcelo Fabián MATZKE ( DNI 20.890.028 – CUIT 20-20890028-6). 4.- El plazo de la licencia adjudicada por el Artículo 2º abarcará un período de DIEZ (10) años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud del licenciatario. 5.- El monto de la garantía de cumplimiento de las obligaciones emergentes de la adjudicación, correspondiente a la señora Graciela Susana FERNANDEZ, asciende a la suma de PESOS TRES MIL SETECIENTOS VEINTE ($ 3720). 6.- Dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días corridos de notificado el acto administrativo de adjudicación, la adjudicataria deberá presentar la documentación técnica. 7.- La licenciataria asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC, con relación a la altura de la estructura soporte de antenas a instalar y el cumplimiento de las normas correspondientes emanadas de dicho organismo. El alcance de las licencias adjudicadas por la presente, se limita a los parámetros técnicos asignados, no comprendiendo obras de infraestructura civil, fiscalización del espacio del aéreo ni otros ajenos a la competencia del ENACOM. 8.- La licenciataria deberá conservar las pautas y objetivos de la propuesta comunicacional expresados por la programación comprometida durante todo el plazo de la licencia. Su modificación será considerada incumplimiento de las condiciones de adjudicación. 9.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los artículos precedentes, importará la caducidad del presente acto de adjudicación. 11.- Comuníquese, notifíquese y publíquese. Firmado: Miguel Ángel de Godoy, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.
Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho, Ente Nacional de Comunicaciones.
e. 21/12/2017 N° 99515/17 v. 21/12/2017
Fecha de publicación 21/12/2017