Edición del
13 de Mayo de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


PERSONAL MILITAR

Decreto 1100/2017

Nómbrase en Misión Permanente Agregado Militar y de Defensa.

Ciudad de Buenos Aires, 26/12/2017

VISTO lo informado por el señor Jefe del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, lo propuesto por el señor MINISTRO DE DEFENSA, y

CONSIDERANDO:

Que es de interés para el Estado Nacional y las Fuerzas Armadas, mantener las Agregadurías de Defensa en el Exterior a los fines de estrechar los lazos de cooperación y amistad entre las Fuerzas Armadas de la región pertinente.

Que resulta necesario designar un Oficial Superior para cubrir el cargo de Agregado Militar y de Defensa a la Embajada de la REPÚBLICA ARGENTINA en la REPÚBLICA POPULAR CHINA con extensión en la REPÚBLICA DE COREA.

Que el MINISTERIO DE DEFENSA seleccionó al General de Brigada D. Sergio Daniel SANTULARIO para desempeñarse como Agregado Militar y de Defensa a la EMBAJADA de la REPÚBLICA ARGENTINA en la REPÚBLICA POPULAR CHINA con extensión en la REPÚBLICA DE COREA.

Que la Asesoría Jurídica del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DEFENSA han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 10 de la Ley Orgánica del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Nómbrase en “Misión Permanente” y por el término de SETECIENTOS SESENTA (760) días, dentro de los SESENTA (60) días de la firma del presente Decreto, al General de Brigada D. Sergio Daniel SANTULARIO (D.N.I. N° 14.324.848) como Agregado Militar y de Defensa a la EMBAJADA de la REPÚBLICA ARGENTINA en la REPÚBLICA POPULAR CHINA con extensión en la REPÚBLICA DE COREA.

ARTÍCULO 2º.- El ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO (Contaduría General), procederá a liquidar y a abonar los montos correspondientes conforme a las normas y reglamentaciones, a afectos de cumplir con la designación establecida.

ARTÍCULO 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto serán imputados a las partidas del Presupuesto General de la Administración Nacional del Ejercicio 2017 y a los créditos que a tal efecto se prevean para los años sucesivos - Subjurisdicción 4521 – ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO.

ARTÍCULO 4º.- Por la DIRECCIÓN NACIONAL DE CEREMONIAL se otorgarán los pasaportes correspondientes.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Oscar Raúl Aguad. — Jorge Marcelo Faurie.

e. 27/12/2017 N° 101135/17 v. 27/12/2017

Fecha de publicación 27/12/2017