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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRANSPORTE

Resolución 1353-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 22/12/2017

VISTO el Expediente N° S02:0119709/2014, del Registro del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 26 de julio de 2010 se suscribió el Decreto N° 1072 que aprueba el modelo de Contrato de Préstamo BIRF Nº 7794-AR, destinado a financiar parcialmente el “PROYECTO DE TRANSPORTE URBANO PARA AREAS METROPOLITANAS” (PTUMA).

Que el proyecto tiene por objetivo a) respaldar el diseño y creación de una agencia de transporte multijurisdiccional para el Área Metropolitana de Buenos Aires; b) fortalecer la capacidad institucional de las autoridades de transporte con respecto a la toma de decisiones, planificación, establecimiento de prioridades y asignación de recursos al transporte urbano; c) mejorar la calidad y desempeño de la infraestructura urbana de transporte y/o servicios en las provincias y municipalidades que resultaren elegibles; y d) mejorar la integración física y acceso a las redes de transporte público en el Área Metropolitana de Buenos Aires.

Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, se sustituyeron el artículo 1° y el Título V de la Ley de Ministerios N° 22.520 y modificatorias, incorporándose el MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que mediante el Decreto N° 547 del 1° de abril de 2016, se creó la UNIDAD EJECUTORA CENTRAL (UEC) del MINISTERIO DE TRANSPORTE, la cual tiene por objeto la gestión y ejecución de programas y/o proyectos financiados total o parcialmente con fuentes de financiamiento externas, entre los cuales se encuentra el “PROYECTO DE TRANSPORTE URBANO PARA AREAS METROPOLITANAS” (PTUMA).

Que mediante la Resolución N° 742 del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, de fecha 18 de mayo de 2015, se adjudicó el procedimiento de contratación correspondiente a la Licitación Pública Nacional N° 1/2015, para la ejecución de la obra “Corredor Metropolitano Norte – Refuncionalización de la Avda. Blas Parera – Santa Fe – Provincia de Santa Fe”, a la firma CENTRO CONSTRUCCIONES S.A., por un monto total de PESOS ARGENTINOS CIENTO NUEVE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UNO CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 109.962.541,64), IVA incluido, siendo suscripto el 18 de junio de 2015 el contrato pertinente.

Que con fecha 6 de octubre de 2016, se suscribió una primer Enmienda al Contrato, con el objeto de introducir variaciones, incrementar el monto contractual ascendiendo consecuentemente el mismo a la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS VEINTISEIS CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 137.438.726,57), IVA incluido, y modificar la fecha de terminación de las obras al 30 de noviembre de 2016.

Que con fecha 13 de marzo de 2017, se suscribió una segunda Enmienda al Contrato, con el objeto de introducir variaciones, aprobar el Balance de Economías y Demasías (BED) y modificar la fecha de terminación de las obras al 28 de febrero de 2017.

Que con fecha 24 de febrero de 2017 mediante Nota de Pedido N° 210, CENTRO CONSTRUCCIONES S.A. solicitó una prórroga de la fecha prevista de terminación de las obras por un total de SESENTA (60) días corridos, justificada en la falta de liberación de la traza producto de la interferencia de las obras complementarias de terceros correspondientes a: 1) Obras del Desagüe Larrea; 2) Readecuación de un sector de gasoducto de A.P. de acero Ø 4”; 3) Corrimiento de Líneas de Media y Baja Tensión en Tramo III, y 4) Obra de “Repavimentación y Obras Complementarias en la Av. Blas Parera”, detallando las tareas pendientes de ejecución en los sectores intervenidos por las obras complementarias, adjuntando asimismo Plan de Trabajos y Curva de Inversión, previendo como nueva fecha de terminación de las obras el 29 de abril de 2017.

Que con fecha 27 de febrero de 2017 ingresó a la U.E.C. la Nota de Pedido N° 113, por la que la Supervisión de las Obras comunicó que resultan aceptables los motivos expuestos por CENTRO CONSTRUCCIONES S.A. mediante Nota de Pedido N° 210, elevando en consecuencia el pedido de prórroga de la fecha prevista de terminación de las obras a los fines de la elaboración de una Enmienda al Contrato.

Que con fecha 2 de mayo de 2017, LAS PARTES suscribieron el Acta de Recepción Provisoria de la Obra, encontrándose vigente desde dicha fecha el período de garantía por TRESCIENTOS (300) días.

Que durante la vigencia del período de responsabilidad por defectos dispuesto en la Subcláusula 33.1 de las Condiciones Generales y Especiales del Contrato, subsisten todas las obligaciones, responsabilidades y garantías de la firma CENTRO CONSTRUCCIONES S.A. respecto de la obra realizada y ante cualquier tipo de falla de construcción, defecto o fatiga de materiales.

Que mediante Nota de Pedido N° 220 ingresada a la U.E.C. con fecha 26 de septiembre de 2017, CENTRO CONSTRUCCIONES S.A. elevó el Balance de Economías y Demasías (BED) resultante de la obra, para revisión y aprobación, indicando que como resultado de una economía contractual de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 2.565.489,65) el contrato desciende a la suma total de PESOS CIENTO TREINTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($ 134.873.236,92).

Que por Nota N° 954 de fecha 28 de septiembre de 2017, la Coordinación de Obras correspondiente al Préstamo BIRF N° 7794-AR de la UNIDAD EJECUTORA CENTRAL (U.E.C), en su carácter de Gerente de Obras, informó a CENTRO CONSTRUCCIONES S.A. que presta conformidad a los montos expresados en el Balance de Economías y Demasías (BED) presentado por CENTRO CONSTRUCCIONES S.A.

Que asimismo, mediante Nota N° 1639 ingresada a la U.E.C. con fecha 29 de septiembre de 2017, CENTRO CONSTRUCCIONES S.A. ha solicitado la gestión de pago de los costos adicionales generados por las demoras en la ejecución del Plan de Trabajos contractual producidas por el accionar de las empresas contratistas para la ejecución del tratamiento de las interferencias, que ascienden a la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTIUNO CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 2.465.421,45) situación que se encuadra dentro de lo previsto en la cláusula 41.4 “Eventos Compensables”, apartado h) de la Sección VII Condiciones Generales del Contrato.

Que mediante Nota N° 962 de fecha 2 de octubre de 2017, la Coordinación de Obras correspondiente al Préstamo BIRF N° 7794-AR de la UNIDAD EJECUTORA CENTRAL (U.E.C), en su carácter de Gerente de Obras y en el marco de la cláusula 41.2 y 41.3 de las Condiciones Generales del Contrato, informó a CENTRO CONSTRUCCIONES S.A. que considera razonable la estimación efectuada en concepto de costos adicionales enmarcados en la cláusula 41.4, apartado h) previamente citada.

Que por el Memorándum N° 478 del fecha 26 de octubre de 2017, la mencionada Coordinación de Obras manifestó la necesidad de formalizar la aprobación del Balance de Economías y Demasías (BED) del cual surge una economía de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 2.565.489,65), a fin de hacer ejecutivo con dicha suma, el pago de los costos adicionales enmarcados en la cláusula 41.4 “Eventos Compensables”, apartado h) de la Sección VII Condiciones Generales del Contrato, que ascienden a la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTIUNO CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 2.465.421,45), que fueran oportunamente aprobados por la citada Coordinación mediante Nota N° 962.

Que en este sentido, con fecha 9 de noviembre de 2017 se suscribió el Acta Acuerdo entre la UNIDAD EJECUTORA CENTRAL (U.E.C.) del MINISTERIO DE TRANSPORTE, suscripta ad referéndum del señor MINISTRO DE TRANSPORTE y la firma consultora CENTRO CONSTRUCCIONES S.A. por la que resuelven, de común acuerdo, convalidar la prórroga de la fecha prevista de terminación de las obras desde el 28 de febrero de 2017 hasta el 29 de abril de 2017 (CLAÚSULA PRIMERA), aprobar el Plan de Trabajos y la Curva de Inversión (CLÁUSULA SEGUNDA), aprobar el Balance de Economías y Demasías (BED) del cual surge una economía de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 2.565.489,65) (CLÁUSULA TERCERA), aprobar los costos adicionales enmarcados en la cláusula 41.4 “Eventos Compensables”, apartado h) de la Sección VII Condiciones Generales del Contrato, que ascienden a la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTIUNO CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 2.465.421,45) (CLÁUSULA CUARTA), hacer efectivo el pago de dichos costos adicionales (CLÁUSULA QUINTA), declaran que no tienen nada que reclamarse mutuamente por ningún concepto relacionado, derivado o con motivo del contrato, incluyendo daños intereses, actualizaciones, o perjuicios o cualquier otro gasto (CLÁUSULA SEXTA), renuncian expresamente a cualquier tipo de reclamo administrativo o judicial derivados del contrato, en todo concepto (CLÁUSULA SÉPTIMA) y por último ratifican el contenido del Contrato “Corredor Metropolitano Norte – Refuncionalización de la Avda. Blas Parera – Santa Fe – Provincia de Santa Fe”, Licitación Pública Nacional N° 1/2015, el que conserva su plena vigencia en todos los términos que no hayan sido expresamente modificados por el Acta (CLÁUSULA OCTAVA).

Que la citada acta se firmó por parte de la Coordinadora General de la U.E.C. ad-referéndum del MINISTRO DE TRANSPORTE, por lo que requiere la presente ratificación.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1072 de fecha 26 de julio de 2010 y el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Ratifícase en todos sus términos el Acta Acuerdo celebrada en el marco del contrato correspondiente a la Licitación Pública Nacional N° 1/2015, para la ejecución de la obra “Corredor Metropolitano Norte – Refuncionalización de la Avda. Blas Parera – Santa Fe – Provincia de Santa Fe”, suscripto entre la UNIDAD EJECUTORA CENTRAL (UEC) del MINISTERIO DE TRANSPORTE y la firma CENTRO CONSTRUCCIONES S.A. suscripta el 9 de noviembre de 2017, que luce como Anexo (IF-2017-34196566-APN-UEC#MTR) de la presente, subsistiendo durante la vigencia del período de responsabilidad por defectos dispuesto en la Subcláusula 33.1 de las Condiciones Generales y Especiales del Contrato, todas las obligaciones, responsabilidades y garantías de la firma CENTRO CONSTRUCCIONES S.A. respecto de la obra realizada y ante cualquier tipo de falla de construcción, defecto o fatiga de materiales.

ARTICULO 2°.- Notifíquese a la firma CENTRO CONSTRUCCIONES S.A.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquse, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Guillermo Javier Dietrich.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 28/12/2017 N° 100962/17 v. 28/12/2017

Fecha de publicación 28/12/2017