Edición del
29 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 1666-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 22/12/2017

VISTO el Expediente Nº 3023/2015 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, y la Disposición N° DI-2017-18-APN- JD#INCAA de Jefatura de Despacho, y;

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y el INSTITUTO MEXICANO DE CINEMATOGRAFÍA han firmado un Acuerdo para la ejecución de un programa de ayuda financiera a proyectos de películas de largometraje en los géneros de ficción, documental y animación, el cual fuera registrado por Disposición GDE DI-2017-18-APN-JD#INCAA de la Jefatura de Despacho del Instituto.

Que dicho Acuerdo tiene como objetivo incentivar la coproducción entre ambos países a través de un fondo destinado al desarrollo de proyectos.

Que el INSTITUTO MEXICANO DE CINEMATOGRAFÍA opera en el sector cinematográfico, especialmente en cine de calidad y de autor, además de trabajar en la difusión de películas extranjeras filmadas por autores de prestigio internacional.

Que en el marco del Acuerdo, las partes entienden cooperar a fin de desarrollar proyectos de producción cinematográfica de calidad técnica particular, de valor artístico o espectacular, no tan sólo a los fines de promover e integrar la cultura cinematográfica mexicana y argentina, sino también a los fines de promover la coproducción por parte de productores argentinos y mexicanos, ampliando los mercados de operatividad de los productores de cada país.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y el INSTITUTO MEXICANO DE CINEMATOGRAFÍA seleccionarán un máximo de DOS (2) películas de largometraje por año, UNA (1) con porcentaje minoritario de producción de cada país.

Que la película con participación minoritaria argentina seleccionada, accederá por parte del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES a un monto en PESOS ARGENTINOS equivalente a CIEN MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 100.000.-), cuya liquidación y pago en pesos será reajustable a la fecha cierta de pago.

Que el INSTITUTO MEXICANO DE CINEMATOGRAFÍA otorgará a los coproductores mexicanos con participación minoritaria mexicana seleccionada una suma en PESOS MEXICANOS equivalente a CIEN MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 100.000.-).

Que, como consecuencia del citado Acuerdo, desde la publicación de la presente Resolución y por el plazo de TREINTA (30) días, se llamará a concurso en el ámbito del Acuerdo de Cooperación entre el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y el INSTITUTO MEXICANO DE CINEMATOGRAFÍA – (IMCINE).

Que la Gerencia de Asuntos Internacionales y de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 3º inciso a) de la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y el Decreto Nº 324/2017.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el llamado a concurso “FONDO DE COOPERACIÓN IMCINE-INCAA” para el fomento a la coproducción argentino-mexicana de películas de largometraje en el ámbito del Acuerdo ratificado en el artículo anterior cuyas bases y condiciones se encuentran en el Anexo indentificado como IF-2017-25971717- APN-GDAI#INCAA, el cual a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, y que serán publicadas en el sitio web del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (www.incaa.gob.ar).

ARTÍCULO 2º.- Establecer el plazo de inscripción al Concurso que por la presente Resolución se propicia, desde la fecha de su publicación y hasta TREINTA (30) días posteriores corridos.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, pase a la Gerencia de Fomento a la Producción Audiovisual a sus efectos y oportunamente archívese. — Ralph Douglas Haiek.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 28/12/2017 N° 101001/17 v. 28/12/2017

Fecha de publicación 28/12/2017