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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Resolución 1027-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 22/12/2017

VISTO el Expediente N° EX–2017-32430848-APN-DDMIP#MJ, las Resoluciones Nros. 151 del 30 de marzo de 2016 y 431 del 21 de junio de 2016 de este MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución MJyDH N° 151/16 se creó el PROGRAMA JUSTICIA 2020 como espacio de diálogo institucional y ciudadano tendiente a construir una justicia cercana, moderna, transparente e independiente; y que tiene por objetivo la elaboración, implementación y evaluación de políticas para construir, de manera conjunta con la sociedad, una justicia que genere resultados socialmente relevantes, a la vez que brinde solución a los conflictos en forma rápida y confiable.

Que con la puesta en funcionamiento del mencionado Programa, se ejecutaron diversas acciones que permitieron avanzar en el cumplimiento de los objetivos trazados en el marco de dicha política pública.

Que en esa senda, y como iniciativa comprendida en el PROGAMA JUSTICIA 2020, por Resolución MJyDH N° 431/16 se creó el PROGRAMA JUSTO VOS, con el fin de abordar a la justicia como un valor, instando a la sociedad a la toma de conciencia sobre su responsabilidad en cuanto a ejercer actos de justicia y en la observancia de la ley en su vida cotidiana.

Que este último se constituyó en una propuesta de enlace y coordinación de diversas iniciativas de este Ministerio y de integración con otras áreas del Estado, de la sociedad civil y de la ciudadanía en general, y ha funcionado de manera transversal a diferentes organismos articulando medidas y acciones tendientes a consolidar el valor justicia como un activo social.

Que en virtud de lo señalado en el párrafo anterior, tomando en consideración además la relevancia jerárquica de los distintos actores con los cuales se han celebrado acuerdos institucionales, y a los efectos de dar continuidad y fortalecer el trabajo que se viene desarrollando en el marco del PROGRAMA JUSTO VOS, se estima conveniente disponer que el mismo pase a depender de la UNIDAD MINISTRO, bajo la supervisión inmediata del JEFE DE GABINETE DE ASESORES.

Que además, con el fin de asegurar el adecuado funcionamiento del programa de mención, se entiende necesario introducir modificaciones a su estructura de conducción, la que estará integrada por UN (1) Coordinador General y DOS (2) Coordinadores Operativos, quienes se desempeñarán en esos roles de manera “ad honorem”.

Que en ese sentido, tomando en consideración las labores desarrolladas como Co-Coordinadores del PROGRAMA JUSTO VOS por los licenciados Daniel Héctor SCARFÓ y Ezequiel GONZÁLEZ CHIAPPE, corresponde disponer la continuidad de éstos, quienes asumirán el rol de Coordinadores Operativos en el carácter arriba indicado.

Que finalmente, en orden a la experiencia recogida desde el inicio del PROGRAMA JUSTO VOS a la fecha, habrá de derogarse los artículos 4°, 5°, 6° y 7° de la Resolución MJyDH N° 431/16.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico de este Ministerio.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas al suscripto por los artículos 4°, inciso b), apartado 9 y 22, incisos 2 y 4 de la Ley de Ministerios (T.O. 1992) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyeses el artículo 1° de la Resolución MJyDH N° 431/16, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 1°.- Créase el PROGRAMA JUSTO VOS, el que funcionará en la órbita de la UNIDAD MINISTRO, bajo la supervisión inmediata del JEFE DE GABINETE DE ASESORES”.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que para la realización y cumplimiento de los objetivos y acciones previstos en los artículos 2° y 3° de la Resolución MJyDH N° 431/16, el PROGRAMA JUSTO VOS contará con UN (1) Coordinador General y DOS (2) Coordinadores Operativos, quienes se desempeñarán de manera “ad honorem” y serán designados por resolución del suscripto.

ARTÍCULO 3°.- El Coordinador General tendrá como función dirigir y coordinar las actividades del PROGRAMA JUSTO VOS; en tanto que los Coordinadores Operativos tendrán como responsabilidad llevar adelante la ejecución de las actividades inherentes al mismo, conforme a las pautas que sean fijadas para ello por el Coordinador General.

ARTÍCULO 4°.- Desígnanse como Coordinadores Operativos del PROGRAMA JUSTO VOS a los Licenciados Daniel Héctor SCARFÓ (D.N.I. N° 17.195.903) y Ezequiel GONZALEZ CHIAPPE (D.N.I. N° 27.777.763).

ARTÍCULO 5°.- Deróganse los artículos 4°, 5°, 6° y 7° de la Resolución MJyDH N° 431/16.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Germán Carlos Garavano.

e. 28/12/2017 N° 101033/17 v. 28/12/2017

Fecha de publicación 28/12/2017