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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO

Resolución 419-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 15/12/2017

VISTO el Expediente EX-2017-22838336-APN-SG#ACUMAR, la Ley N° 26.168, los Decretos PEN N° 434/2016 y N° 561/2016, las Resoluciones Presidencia ACUMAR N° 125/2016 y N° 05/2017, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 26.168 creó la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR) como ente de derecho público interjurisdiccional, con competencias en el área de la Cuenca Matanza Riachuelo en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los partidos de Lanús, Avellaneda, Lomas de Zamora, Esteban Echeverría, La Matanza, Ezeiza, Cañuelas, Almirante Brown, Morón, Merlo, Marcos Paz, Presidente Perón, San Vicente, y General Las Heras, de la Provincia de Buenos Aires.

Que la citada Ley de creación establece en su artículo 2° in fine que la ACUMAR dictará sus reglamentos de organización interna y de operación.

Que mediante el Decreto N° 434/2016 el PODER EJECUTIVO NACIONAL aprobó el Plan de Modernización del Estado en cuyo marco, mediante el Decreto N° 561/2016, se estableció la implementación del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes.

Que el mencionado Decreto establece que el GDE deberá ser utilizado por las entidades y jurisdicciones enumeradas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 que componen el sector público nacional, en reemplazo del COMDOC.

Que estas modificaciones se corresponden con los pilares fundamentales del Gobierno Abierto en donde el Gobierno Electrónico resulta ser uno de sus ejes transversales.

Que el uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación en los órganos de la administración pública, tienden a mejorar la información, orientar la eficacia y eficiencia de la gestión pública e incrementar sustantivamente la transparencia del sector público y la participación de los ciudadanos, constituyéndose en una herramienta fundamental para la modernización de la gestión pública, permitiendo la readecuación y mejora de las instituciones.

Que una administración pública moderna, ágil y eficiente es determinante para lograr los objetivos para los cuales el organismo fue creado.

Que según consta en el acta de CONSEJO DIRECTIVO del 20 de Octubre de 2016 se aprobó la implementación del Sistema GDE en el organismo e instruyó a esta PRESIDENCIA a proceder a la suscripción del acto administrativo que aprobara la medida adoptada.

Que mediante la Resolución Presidencia ACUMAR N° 125/2016 la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO aprobó la implementación del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes; y estableció la obligatoriedad del uso del módulo de COMUNICACIONES OFICIALES (CCOO).

Que a fin de continuar con la implementación progresiva de los restantes módulos contenidos en el GDE, conforme lo decidido oportunamente por el CONSEJO DIRECTIVO mediante la Resolución antes mencionada, resulta fundamental la aprobación de la presente.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURIDICOS de la ACUMAR ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 26.168 y la Resolución Presidencia ACUMAR N° 5/2016.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Establécese el uso obligatorio a partir del día 02 de enero de 2018, de los módulos “GENERADOR ELECTRÓNICOS DE DOCUMENTOS OFICIALES” (GEDO) y “EXPEDIENTE ELECTRÓNICO” (EE), del sistema de GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE), en todos los trámites y actuaciones de la ACUMAR.

ARTÍCULO 2°.- La presente entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dorina Bonetti.

e. 29/12/2017 N° 101577/17 v. 29/12/2017

Fecha de publicación 29/12/2017