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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

Resolución 713-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 28/12/2017

VISTO: el Expediente N° 16492/2014 del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, el Decreto N° 513 de fecha 14 de julio de 2017, la Resolución N° 901 de fecha 5 de octubre de 2016 del ex MINISTERIO DE COMUNICACIONES; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 901 de fecha 5 de octubre de 2016 del ex MINISTERIO DE COMUNICACIONES se otorgó una autorización para proveer facilidades satelitales mediante el satélite geoestacionario INTELSAT 30 con operación en las bandas de frecuencias C y Ku desde la posición orbital geoestacionaria de 95,075° de Longitud Oeste, en el marco de lo previsto en la Parte I del Reglamento de Gestión y Servicios Satelitales, cuyo texto ordenado fuera aprobado por la Resolución N° 3.609 de fecha 19 de febrero de 1999 de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES e incorporada mediante el Decreto N° 793 de fecha 22 de julio de 1999 como Anexo XIII del Decreto N° 92 de fecha 30 de enero de 1997.

Que mediante TREENACOM N° 31698/2016, el representante legal de SOUTHERN SATELLITE CORPORATION informó que en la Resolución precitada se deslizó un error material en el nombre de la empresa autorizada y en la posición orbital geoestacionaria del satélite precitado.

Que el nombre correcto de la empresa solicitante es SOUTHERN SATELLITE CORPORATION (“SSC”) conforme surge de su estatuto debidamente inscripto ante la Inspección General de Justicia, obrante en copia certificada en el expediente de referencia.

Que de acuerdo a lo mencionado en el TRECNC N° 41329/2014 la autorizada solicitó que la autorización para el satélite INTELSAT 30 sea emitida para la posición orbital geoestacionaria de 95,05° Longitud Oeste, conforme a la autorización definitiva de la Federal Communications Commision de los Estados Unidos de América, en calidad de administración notificante ante la Unión Internacional de Telecomunicaciones, por la que se autorizó la ocupación y operación de dicho satélite en la posición orbital geoestacionaria precitada, que fuera acompañada en copia certificada y traducida en el expediente de referencia.

Que de lo actuado en dicho expediente, se desprende que se ha incurrido en un error material en la mencionada Resolución referido a la posición orbital geoestacionaria del satélite en cuestión.

Que la presente situación se encuentra contemplada como un simple error material, de simple y rápida subsanación, sin alterarse lo sustancial de la norma mencionada en el considerando precedente.

Que por el Decreto N° 513 de fecha 14 de julio de 2017 se modificó la Ley de Ministerios N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias, transfiriéndose al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN las competencias del ex MINISTERIO DE COMUNICACIONES. Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 101 y concordantes en la materia, del Decreto N° 1759/72 T.O. 1991.

Por ello,

EL MINISTRO DE MODERNIZACION

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Rectifícase el error material incurrido en la Resolución N° 901 de fecha 5 de octubre de 2016 del ex MINISTERIO DE COMUNICACIONES, donde dice “SOUTHERN SATELLITES CORPORATION (“SSC”)”, debe leerse “SOUTHERN SATELLITE CORPORATION (“SSC”)”, y donde dice “posición orbital geoestacionaria de 95,075° de Longitud Oeste”, debe leerse “posición orbital geoestacionaria de 95,05° de Longitud Oeste”.

ARTÍCULO 2°.- Notifíquese a SOUTHERN SATELLITE CORPORATION (“SSC”), conforme a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Artículo 40 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto 1.759/72 (T.O. 1991).

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Andrés Horacio Ibarra.

e. 02/01/2018 N° 102400/17 v. 02/01/2018

Fecha de publicación 02/01/2018