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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 692-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 27/12/2017

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear Nº 24.804,su Decreto Reglamentario N° 1390/98; la Norma AR 10.16.1, “Transporte de materiales radiactivos”, Revisión 3; el Procedimiento de esta ARN P-TMR-04, “Emisión del certificado de aprobación para el transporte de material radiactivo”; el Expediente TMR-EXP-6563/17; lo actuado por el Sector CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIALES RADIACTIVOS, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que la Norma AR 10.16.1 citada en el VISTO, establece criterios de seguridad radiológica para el transporte de materiales radiactivos.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) ha solicitado a esta ARN la Renovación del Certificado de Aprobación RA/0095/X, correspondiente a transportes en virtud de arreglos especiales del bulto para molibdeno 99, modelo denominado ATEA 333 RL-99.

Que el Sector CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIALES RADIACTIVOS de esta ARN ha tomado en el trámite la intervención que es de su competencia, en razón de lo establecido en el procedimiento P-TMR-04 de esta ARN, en el que manifestó que la institución solicitante ha dado cumplimiento a los requisitos exigidos por la Norma citada en el VISTO.

Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS ha prestado su conformidad a la aprobación de la Renovación del mencionado Certificado de Aprobación solicitado por la CNEA.

Que de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 24.804, su Decreto Reglamentario y el Régimen de Tasas por Licenciamiento e Inspección, aprobado mediante Resolución ARN N° 76/08, las personas físicas o jurídicas que soliciten la revisión del certificado de aprobación del transporte, en virtud de arreglos especiales deberán abonar por adelantado la correspondiente Tasa Regulatoria por licenciamiento e inspección.

Que conforme informó la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS de esta ARN, la CNEA registra deuda en concepto de Tasa Regulatoria.

Que mediante nota de fecha 23 de noviembre de 2017, la CNEA informó que, por falta de fondos en la partida presupuestaria correspondiente, se demorará el pago de la referida tasa.

Qué, asimismo, en las razones que justifican un arreglo especial en el marco de la solicitud presentada, la CNEA ha manifestado que considera apropiado contar con los bultos F/333/B(U)-85 RL-99 (ATEA 333 RL-99) para continuar realizando el abastecimiento interno del radioisótopo molibdeno 99.

Que el otorgamiento de un certificado de aprobación en virtud de arreglos especiales para el transporte de material radiactivo a un usuario que no ha dado cumplimiento al pago de la tasa regulatoria exigido por el Artículo 26 de la Ley N° 24.804, conlleva a una excepción a lo dispuesto en la citada normativa.

Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS de esta ARN ha tomado en el trámite la intervención correspondiente.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en el Artículo 22, Inciso a) de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 14 de diciembre de 2017 (Acta N° 46),

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar por vía de excepción la Renovación del Certificado de Aprobación RA/0095/X, Revisión 13, correspondiente a transportes en virtud de arreglos especiales del bulto para molibdeno 99, modelo denominado ATEA 333 RL-99, solicitado por la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, autorizando que el pago de la Tasa Regulatoria sea efectuado con posteridad a la emisión del referido certificado.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA y al Sector CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIALES RADIACTIVOS a través de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS de esta Autoridad Regulatoria Nuclear. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la República Argentina y archívese. — Ana Maria Larcher, Vicepresidente Primero.

e. 05/01/2018 N° 343/18 v. 05/01/2018

Fecha de publicación 05/01/2018