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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 3-E/2018

Ciudad de Buenos Aires, 03/01/2018

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear Nº 24.804 y su Decreto Reglamentario Nº 1390/98; la Norma AR 10.1.1, “Norma Básica de Seguridad Radiológica” Revisión 3; el Procedimiento Interno de esta ARN G-CLASE II Y III-03, Revisión 4, “Gestión de Licencias de Operación para Instalaciones Radioactivas Clase II”; lo propuesto por la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS - SUBGERENCIA CONTROL DE APLICACIONES INDUSTRIALES, y

CONSIDERANDO:

Que la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA), ha solicitado a esta AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) la renovación con modificación de su Licencia de Operación para operación de equipos de gammagrafía industrial de su LABORATORIO DE RADIOGRAFÍA INDUSTRIAL.

Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y la SUBGERENCIA CONTROL DE APLICACIONES INDUSTRIALES recomiendan dar curso favorable al trámite de solicitud de renovación con modificación de la Licencia de Operación que integra el Acta N° 363 de dicha SUBGERENCIA, por cuanto se ha verificado que las instalaciones correspondientes y el personal mínimo del mencionado Laboratorio de la CNEA se ajustan a los requerimientos de la normativa de aplicación.

Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece que los licenciatarios titulares de una autorización o permiso, o personas jurídicas cuyas actividades están sujetas a la fiscalización de la autoridad, abonarán anualmente y por adelantado, una tasa regulatoria a ser aprobada a través del Presupuesto General de la Nación.

Que, conforme lo informado por la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS –SECTOR FACTURACIÓN Y COMERCIO EXTERIOR- la CNEA posee deuda en concepto de tasa regulatoria.

Que el otorgamiento de una Licencia de Operación de radioisótopos a un usuario de material radiactivo que no da cumplimiento al requisito exigido por el Artículo citado precedentemente, conlleva una excepción a lo dispuesto en la normativa vigente.

Que la Comisión Nacional de Energía Atómica solicitó que se autorice, con carácter de excepción, la prosecución del trámite de la renovación con modificación de la Licencia de Operación para el Laboratorio de Radiografía Industrial, dada la necesidad de continuar con las tareas que normalmente se desarrollan en dicha instalación.

Que el solicitante de la presente Licencia de Operación, Comisión Nacional de Energía Atómica-Laboratorio de Radiografía Industrial, realiza el diagnóstico, análisis y caracterización de materiales, componentes, sistemas y estructuras de instalaciones de la CNEA. Como así también, Trabajos de gammagrafía requeridos por el Proyecto CAREM y exámenes prácticos para el personal de la industria de los ensayos no destructivos que solicitan certificación en Radiografía Industrial según la Norma IRAM-NM ISO-9712. Asimismo, brinda asistencia técnica a las Centrales Nucleares Embalse y Atucha I y II y entrenamiento y capacitación para profesionales de las carreras del INSTITUTO SÁBATO.

Que resulta de interés público que el servicio que brinda la CNEA, a través del mencionado laboratorio, no sea interrumpido dada la importancia de las prestaciones realizadas en el país, permitiendo que el pago de la tasa regulatoria sea efectuado con posterioridad a la emisión de la Licencia de Operación.

Que las GERENCIAS ASUNTOS JURÍDICOS y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS han tomado la intervención correspondiente.

Que el Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en los Artículos 16 y 22 de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 20 de diciembre de 2017 (Acta N° 48),

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1º.- Otorgar, por la vía de excepción a lo establecido en el Artículo 26 de la Ley 24.804, la renovación con modificación de la Licencia de Operación de la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA – LABORATORIO DE RADIOGRAFÍA INDUSTRIAL, que integra el Acta N° 363 de la SUBGERENCIA CONTROL DE APLICACIONES INDUSTRIALES, que se detalla a continuación:

Expte. N°Licencia de OperaciónPropósitoActuac.
01267-40Comisión Nacional de Energía AtómicaOperación de equipos de gammagrafía industrial05

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL y a la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA a través de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la República Argentina y archívese. — Ana Maria Larcher, Vicepresidente Primero.

e. 05/01/2018 N° 474/18 v. 05/01/2018

Fecha de publicación 05/01/2018