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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Resolución General 4183-E

Procedimiento. Ley N° 25.506. Firma Digital. Resolución General N° 2.674. Inscripción en el registro de empresas proveedoras autorizadas. Nómina de dispositivos criptográficos homologados.

Ciudad de Buenos Aires, 04/01/2018

VISTO la Ley N° 25.506, y

CONSIDERANDO:

Que la referida ley reconoce la eficacia jurídica del empleo de la firma electrónica y de la firma digital, estableciendo las características de su infraestructura en la República Argentina.

Que la Resolución N° 88 del 17 de diciembre de 2008, de la entonces Secretaría de Gabinete y Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros, otorgó a la Administración Federal de Ingresos Públicos la licencia para operar como Certificador Licenciado.

Que mediante la Resolución General N° 2.651, se dispuso el procedimiento relacionado con la emisión y administración de los certificados digitales previéndose que, a los fines de la obtención de los denominados “Clase 4”, se deberán utilizar dispositivos criptográficos que cuenten con determinadas características.

Que en tal sentido, la Resolución General N° 2.674 creó el “REGISTRO DE EMPRESAS PROVEEDORAS DE DISPOSITIVOS CRIPTOGRÁFICOS HOMOLOGADOS” y estableció los requisitos técnicos y formales que las mismas deberán cumplir para su incorporación, así como para la homologación de los diferentes dispositivos que podrán utilizarse.

Que el dispositivo criptográfico a homologar ha cumplido con los aspectos exigidos, por lo que corresponde inscribir a la empresa proveedora en el citado “Registro”, debiendo la misma -durante el lapso de validez de la homologación- observar las demás obligaciones previstas por la normativa aplicable.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Sistemas y Telecomunicaciones y de Servicios al Contribuyente, y la Dirección General Impositiva.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Incorpórase en el “REGISTRO DE EMPRESAS PROVEEDORAS DE DISPOSITIVOS CRIPTOGRÁFICOS HOMOLOGADOS” creado por la Resolución General N° 2.674, a la empresa CERTISUR S A - CUIT N° 30-70051443-5.

ARTÍCULO 2°.- De acuerdo con lo previsto en el Artículo 4° de la Resolución General N° 2.674, se homologa el dispositivo criptográfico cuyo dato identificatorio y empresa proveedora se detalla a continuación:

DISPOSITIVO CRIPTOGRÁFICO (Marca/Modelo/Versión)EMPRESA PROVEEDORA
Century Longmai
mToken CryptoID E SCC-X 3.11
CERTISUR S A
C.U.I.T. N° 30-70051443-5

ARTÍCULO 3°.- La autorización a la empresa proveedora para comercializar el dispositivo homologado que se indica en el Artículo 2°, tendrá una validez de DIEZ (10) años contados a partir del día de la publicación de esta resolución general en el Boletín Oficial, inclusive, siempre que se cumplan durante dicho plazo las obligaciones previstas en la normativa vigente.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto Remigio Abad.

e. 05/01/2018 N° 780/18 v. 05/01/2018

Fecha de publicación 05/01/2018