MINISTERIO DE SALUD
Resolución 68-E/2018
Ciudad de Buenos Aires, 05/01/2018
VISTO el Decreto N° 219 del 30 de marzo de 2017 y el Expediente N° EX-2017-34309094-APN-DD#MS, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 219/17 se aprobó un nuevo Convenio que fue suscripto entre el ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE SALUD y el GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, mediante el cual por su cláusula PRIMERA, se aprueba aumentar la participación presupuestaria de la jurisdicción NACIONAL a un OCHENTA POR CIENTO (80%) y disminuir la participación de la jurisdicción de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a un VEINTE POR CIENTO (20%), a fin de afrontar el sostenimiento del HOSPITAL DE PEDIATRÍA SAMIC “PROFESOR DR. JUAN P. GARRAHAN”.
Que en concordancia a lo citado precedentemente, se ha acordado que el Consejo de Administración del citado Hospital estará integrado por CINCO (5) miembros, UNO (1) por la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y los restantes por el ESTADO NACIONAL, designados por el MINISTERIO DE SALUD.
Que en consecuencia, resulta necesario cubrir un cargo en el referido Consejo, para lo cual se han evaluado los antecedentes de la Doctora Vanesa Noemí DIAZ (D.N.I. N° 30.460.575), quien cuenta con la formación profesional y reúne las exigencias de idoneidad y experiencia necesarias para cubrir el aludido cargo.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo normado por la Ley N° 17.102 y lo establecido por los Decretos Nros. 8248/68 y 219/17.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º- Desígnase, representante del MINISTERIO DE SALUD, para la integración del Consejo de Administración del HOSPITAL DE PEDIATRÍA SAMIC. “PROFESOR DR. JUAN P. GARRAHAN”, a la Doctora Vanesa Noemí DIAZ (D.N.I. N° 30.460.575) en carácter de miembro titular.
ARTÍCULO 2º- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 80 – MINISTERIO DE SALUD.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Adolfo Luis Rubinstein.
e. 09/01/2018 N° 1070/18 v. 09/01/2018
Fecha de publicación 09/01/2018