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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

Resolución 3-E/2018

Ciudad de Buenos Aires, 08/01/2018

VISTO el Expediente N° S01:0396660/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, las Leyes Nros. 22.317, 24.467, 25.300 y 27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998, 434 de fecha 29 de abril de 1999, 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, las Resoluciones Nros. 68 de fecha 30 de septiembre de 2010, 4 de fecha 14 de enero de 2011, ambas de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, 22 de fecha 17 de mayo de 2016 y 386 de fecha 29 de noviembre de 2016, ambas de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y la Resolución General Nº 2.965 de fecha 10 de noviembre de 2010 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, sus normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que la Empresa I2T S.A., C.U.I.T. N° 30-70904148-3, solicitante principal y beneficiaria, presentó un proyecto de capacitación en el marco del Régimen de Crédito Fiscal para el Año 2016.

Que teniendo en consideración la información suministrada por la empresa solicitante, la Dirección Nacional de la Productividad de la Pequeña y Mediana Empresa, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, elaboró el Informe de Evaluación de Proyectos en el cual se aprueba el Proyecto de Capacitación N° 839 por la suma total de PESOS VEINTISÉIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS ($ 26.936).

Que mediante la Resolución Nº 386 de fecha 29 de noviembre de 2016 de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se asignó a la empresa solicitante un cupo de crédito fiscal por la suma total de PESOS VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS ($ 28.700).

Que, posteriormente, la empresa efectivizó la rendición de cuentas correspondiente a las actividades ejecutadas en el marco del Proyecto de Capacitación N° 839, solicitando en consecuencia la emisión del correspondiente Certificado de Crédito Fiscal.

Que en virtud de la documentación presentada en esta instancia, el área competente de la Dirección Nacional de Productividad de la Pequeña y Mediana Empresa, ha emitido Informe en el cual recomienda la modificación del monto asignado a la empresa en el Anexo aprobado por la Resolución Nº 386/16 de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, y, asimismo, resuelve que prosiga el trámite de aprobación de la rendición de cuentas indicada con los alcances allí señalados.

Que por lo expuesto, y por aplicación de los principios de formalismo atenuado y de verdad material, previstos respectivamente en el Artículo 1° incisos c) y f) apartado 2) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549, resulta pertinente modificar el monto asignado en el Anexo de la Resolución Nº 386/16 de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.

Que mediante la Resolución Nº 68 de fecha 30 de septiembre de 2010 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, se implementó la emisión del Certificado de Crédito Fiscal previsto en el Decreto Nº 819 de fecha 13 de julio de 1998, bajo la modalidad de Bono Electrónico.

Que por la Resolución General Nº 2.965 de fecha 10 de noviembre de 2010 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, se estableció el procedimiento para la aplicación de los Certificados de Crédito Fiscal emitidos en forma electrónica, a efectos del pago de obligaciones fiscales ante ese Organismo.

Que la Dirección Nacional de Productividad de la Pequeña y Mediana Empresa informará a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA, la nómina de los Certificados de Crédito Fiscal emitidos bajo la modalidad de Bono Electrónico.

Que dicha información, se confeccionará utilizando el programa aplicativo aprobado en la Resolución General Nº 2.799 de fecha 23 de marzo de 2010 del Organismo mencionado precedentemente, cuyas características, funciones y aspectos técnicos para su uso se consignan en el Anexo de la misma.

Que por el Artículo 2° de la Resolución N° 4 de fecha 14 de enero de 2011 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA los Certificados de Crédito Fiscal que se emitan bajo la modalidad de Bono Electrónico tendrán una vigencia de VEINTICUATRO (24) meses contados desde la fecha de su emisión.

Que, en virtud de ello, se procede a la emisión del Certificado de Crédito Fiscal correspondiente, bajo la modalidad de Bono Electrónico.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por las Leyes Nros. 19.549 y 22.317 y los Decretos Nros. 819/98, 434 de fecha 29 de abril de 1999 y 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Anexo aprobado por el Artículo 1º de la Resolución Nº 386 de fecha 29 de noviembre de 2016 de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, respecto al Proyecto de Capacitación Nº 839 perteneciente a la Empresa I2T S.A., C.U.I.T. N° 30-70904148-3, debiéndose asignar la suma total de PESOS VEINTISÉIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS ($ 26.936).

ARTÍCULO 2º.- Apruébase la rendición de cuentas presentada por la Empresa I2T S.A., solicitante principal y beneficiaria, correspondiente a la ejecución del Proyecto de Capacitación N° 839 aprobado por la Resolución Nº 386/16 de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, en el marco del Régimen de Crédito Fiscal para el Año 2016, reglado por los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998, 434 de fecha 29 de abril de 1999 y 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, las Resoluciones Nros. 68 de fecha 30 de septiembre de 2010, 4 de fecha 14 de enero de 2011 ambas de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, 22 de fecha 17 de mayo de 2016 y 386/16, ambas de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y la Resolución General Nº 2.965 de fecha 10 de noviembre de 2010 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, sus normas modificatorias y complementarias, por la suma de PESOS VEINTISÉIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS ($ 26.936).

ARTÍCULO 3º.- Emítase el correspondiente Certificado de Crédito Fiscal, bajo la modalidad de Bono Electrónico, a nombre de la Empresa I2T S.A. por el importe total de PESOS VEINTISÉIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS ($ 26.936) bajo el número 301-2016-00024.

ARTÍCULO 4º.- La Dirección Nacional de Productividad de la Pequeña y Mediana Empresa, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, informará a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA, la nómina de los Certificados de Crédito Fiscal emitidos bajo la modalidad de Bono Electrónico, acorde al procedimiento establecido en el Anexo de la Resolución General Nº 2.799 de fecha 23 de marzo de 2010 del Organismo mencionado precedentemente.

ARTÍCULO 5º.- Notifíquese a la interesada.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Mariano Mayer.

e. 10/01/2018 N° 1347/18 v. 10/01/2018

Fecha de publicación 10/01/2018