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19 de Abril de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - DIRECCIÓN REGIONAL ADUANERA HIDROVÍA - ADUANA DE ROSARIO

La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art.1ro. de la Ley 25603 para las mercaderias que se encuentran en la situacion prevista en el Art. 417 de la Ley 22415 comunica por unica vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderias cuya identificacion a continuacion se indica, que podran dentro del plazo de TREINTA(30) dias corridos, solicitar alguna destinacion autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren. Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procedera de acuerdoa lo dispuesto en los Arts. 2do, 3ro, 4to y 5 to. de la Ley 25603 y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderias, a efectos de solicitar alguna destinacion aduanera para las mismas presentarse en DIVISION ADUANA DE ROSARIO CALLE 3 DE FEBRERO 1331 - 2000 – ROSARIO – SANTA FE.

DepositoMedioArriboManifiestoConocimientosBultosCantidadMercaderia
PORTAR12/10/1717052MANI029111W052BR347404341BULTO2EMBALAJES DE MADERA. DEVO
PORTAR24/11/1717052MANI034440A052UY4825170107PALETA7CAMPERA DE HOMBRE -CAMPER
PORTAR24/11/1717052MANI034441B052UY4825170108PALETA3CAMPERA DE HOMBRE - CAMPE

Héctor Gustavo Fadda, Administrador (I), División Aduana Rosario, Dirección Regional Aduanera Hidrovía.

e. 11/01/2018 N° 1680/18 v. 11/01/2018

Fecha de publicación 11/01/2018