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SERVICIO EXTERIOR

Decreto 35/2018

Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República de Angola.

Ciudad de Buenos Aires, 11/01/2018

VISTO el Expediente N° EX-2017-29812425-APN-DDMEAPYA#MRE, la Ley Orgánica del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias y la Resolución Nº 273 de fecha 21 de mayo de 2012 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución mencionada en el Visto se dispuso el traslado desde el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO a la Embajada de la República en la REPÚBLICA DE CUBA, del entonces señor Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase D. Luis Eugenio BELLANDO.

Que en virtud de lo establecido en el artículo 8° de la Ley Orgánica del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias, los funcionarios de las categorías “B” y “C” del Servicio Exterior de la Nación pueden ser acreditados temporalmente como Jefes de Misión con rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, cuando razones de servicio así lo aconsejen.

Que oportunamente el Gobierno de la REPÚBLICA DE ANGOLA concedió el plácet de estilo al señor Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. Luis Eugenio BELLANDO, para su designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante dicho país.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Trasládase desde la Embajada de la República en la REPÚBLICA DE CUBA a la Embajada de la República en la REPÚBLICA DE ANGOLA, al señor Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. Luis Eugenio BELLANDO (D.N.I. Nº 12.888.789).

ARTÍCULO 2º.- Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA DE ANGOLA al señor Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. Luis Eugenio BELLANDO.

ARTÍCULO 3°.- Acredítase al funcionario mencionado en el artículo anterior, mientras dure la misión encomendada, con el rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, de conformidad con el artículo 8° de la Ley Orgánica del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 4º.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Jorge Marcelo Faurie.

e. 12/01/2018 N° 2125/18 v. 12/01/2018

Fecha de publicación 12/01/2018