ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 94-E/2018
RESOL-2018-94-APN-ENACOM#MM - Fecha: 05/01/2018 - ACTA 29
EX-2018-00959413-APN-SDYME#ENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Registrar a nombre de la empresa TELEFÓNICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. N° 30-63945397-5), en el Registro de Servicios previsto en el Apartado 5.4 del Artículo 5º del Anexo I del Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000, el Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico. 2.- Autorizar la prestación del Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico en las áreas de cobertura de las localidades de Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Adolfo Alsina, Adolfo González Chaves, Alberti, Almirante Brown, Arrecifes, Avellaneda, Ayacucho, Azul, Bahía Blanca, Balcarce, Baradero, Benito Juárez, Berazategui, Berisso, Bolívar, Bragado, Brandsen, Cañuelas, Campana, Capitán Sarmiento, Carlos Casares, Carlos Tejedor, Carmen de Areco, Castelli, Chacabuco, Chascomús, Chivilcoy, Colón, Coronel de Marina L. Rosales, Coronel Dorrego, Coronel Pringles, Coronel Suarez, Daireaux, Dolores, Ensenada, Escobar, Esteban Echeverría, Exaltación de la Cruz, Ezeiza, Florencia Varela, Florentino Ameghino, General Alvarado, General Alvear, General Arenales, General Belgrano, General Guido, General Juan Madariaga, General La Madrid, General Las Heras, General Lavalle, General Paz, General Pinto, General Pueyrredón, General Rodríguez, General San Martín, General Viamonte, General Villegas, Guaminí, Hipólito Yrigoyen, Hurlingham, Ituzaingó, José C.Paz, Junín, La Costa, La Matanza, La Plata, Lanús, Laprida, Las Flores, Leandro N. Alem, Lezama, Lincoln, Lobería, Lobos, Lomas de Zamora, Lujan, Magdalena, Maipú, Malvinas Argentinas, Mar Chiquita, Marcos Paz, Mercedes, Merlo, Monte, Monte Hermoso, Moreno, Morón, Navarro, Necochea, 9 de Julio, Olavarría, Patagones, Pehuajó, Pellegrini, Pergamino, Pila, Pilar, Pinamar, Presidente Perón, Puan, Punta Indio, Quilmes, Ramallo, Rauch, Rivadavia, Rojas, Roque Pérez, Saavedra, Saladillo, Salliqueló, Salto, San Andrés de Giles, San Antonio de Areco, San Cayetano, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Nicolás, San Pedro, San Vicente, Suipacha, Tandil, Tapalqué, Tigre, Tordillo, Tornquist, Trenque Lauquen, Tres Arroyos, Tres de Febrero, Tres Lomas, 25 de Mayo, Vicente López, Villa Gesell, Villarino y Zarate, todas de la provincia de Buenos Aires; Godoy Cruz, Guaymallén, Luján de Cuyo y Capital de la provincia de Mendoza; y por último Confluencia de la provincia del Neuquén; conforme los términos de la Resolución ENACOM Nº 5.641 E/2017. 3.- Previo al inicio de la prestación del servicio en el área de cobertura consignada, la licenciataria deberá acreditar la instalación del sistema a través de la presentación de una certificación firmada por un Ingeniero inscripto en el COPITEC, acompañando el correspondiente Certificado de Encomienda Profesional. El inicio de las transmisiones sin el cumplimiento del prenotado requisito, dará lugar a la caducidad del acto. 4.- Notifíquese al interesado. 5.- Comuníquese, publíquese. Firmado: Miguel Ángel De Godoy, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página web de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.
Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho, Ente Nacional de Comunicaciones.
e. 12/01/2018 N° 2031/18 v. 12/01/2018
Fecha de publicación 12/01/2018