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5 de Noviembre de 2013

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SERVICIO EXTERIOR

Decreto 58/2018

Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República Helénica.

Ciudad de Buenos Aires, 18/01/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-00273001-APN-DDMEAPYA#MRE, la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957, el Decreto Nº 446 de fecha 7 de marzo de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 446/16, se designó Representante Permanente de la República ante la ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS (O.E.A.), al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Juan José ARCURI.

Que oportunamente el Gobierno de la REPÚBLICA HELÉNICA concedió el plácet de estilo al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Juan José ARCURI, para su designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante dicho país.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Trasládase desde la Representación Permanente de la República ante la ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS (O.E.A.) a la Embajada de la República en la REPÚBLICA HELÉNICA, al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Juan José ARCURI (D.N.I. Nº 10.202.352).

ARTÍCULO 2º.- Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA HELÉNICA al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Juan José ARCURI.

ARTÍCULO 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las partidas específicas del presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Jorge Marcelo Faurie.

e. 19/01/2018 N° 3365/18 v. 19/01/2018

Fecha de publicación 19/01/2018