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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Decreto 62/2018

Modificación. Decreto N° 357/2002.

Ciudad de Buenos Aires, 19/01/2018

VISTO el Expediente N° EX-2017-28223442-APN-DDYME#MP, los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, y 1 de fecha 4 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, y los objetivos de las unidades organizativas determinadas en dicho organigrama.

Que por el artículo 7º del Decreto N° 1 de fecha 4 de enero de 2016 se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que resulta menester modificar la conformación organizativa del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, incorporando la SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN PRODUCTIVA.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA, han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese del Anexo I al artículo 1° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios -Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada- el Apartado XXIII, correspondiente al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo (IF-2018-01841872-APN-MP), que forma parte integrante del presente Decreto.

ARTÍCULO 2º.- Incorpóranse al Anexo II al Artículo 2° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios –Objetivos- en el Apartado XXIII, correspondiente al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, los Objetivos de la SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN PRODUCTIVA, de conformidad con el detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo (IF-2018-01841940-APN-MP), que forma parte integrante del presente Decreto.

ARTÍCULO 3º.- Apruébase la conformación organizativa del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, de acuerdo con el Organigrama que, como planilla anexa al presente artículo (IF-2018-01842104-APN-MP), forma parte integrante del presente Decreto.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los créditos de las partidas asignadas por el Presupuesto General de la Administración Nacional vigente a la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Francisco Adolfo Cabrera.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 22/01/2018 N° 3575/18 v. 22/01/2018

Fecha de publicación 22/01/2018