MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
Resolución 13-E/2018
Ciudad de Buenos Aires, 24/01/2018
VISTO el Expediente Nº S01:0272019/2016 del Registro del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, y
CONSIDERANDO:
Que la firma EÓLICA RIONEGRINA S.A. solicitó su habilitación como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) para su Parque Eólico Cerro Policía de TRESCIENTOS MEGAVATIOS (300 MW) de potencia nominal, instalado en las cercanías de la localidad de Cerro Policía, Provincia de RÍO NEGRO, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) en barras de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV) de la nueva Estación Transformadora Parque Eólico Cerro Policía, vinculada a la Línea de Alta Tensión de QUINIENTOS KILOVOLTIOS (500 kV) Chocón Oeste – Choele Choel, jurisdicción de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN TRANSENER SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSENER S.A.).
Que mediante Nota B-108788-1 de fecha 18 de julio de 2016 la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informa que la firma EÓLICA RIONEGRINA S.A. cumple los requisitos exigidos en los Puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de LOS PROCEDIMIENTOS para su ingreso y administración del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM).
Que mediante Resolución SAYDS Nº 661 de fecha 3 de junio de 2016, la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la Provincia de RÍO NEGRO resolvió aprobar el estudio de impacto ambiental del Proyecto Parque Eólico Cerro Policía.
Que la firma EÓLICA RIONEGRINA S.A. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.
Que la solicitud de ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) del Parque Eólico Cerro Policía se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina Nº 33.458 de fecha 9 de septiembre de 2016 sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÈRMICA, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA de la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que el Artículo 11 de la Resolución Nº 6 de fecha 25 de enero de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, delegó en la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA las facultades asignadas a la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, según los Artículos 35, 36 y 37 de la Ley Nº 24.065.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por los Artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065 y por la Resolución Nº 25 de fecha 16 de marzo de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase el ingreso como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la firma EÓLICA RIONEGRINA S.A. para su Parque Eólico Cerro Policía de TRESCIENTOS MEGAVATIOS (300 MW) de potencia nominal, instalado en las cercanías de la Localidad de Cerro Policía, Provincia de RÍO NEGRO, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) en barras de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV) de la nueva Estación Transformadora Parque Eólico Cerro Policía, vinculada a la Línea de Alta Tensión de QUINIENTOS KILOVOLTIOS (500 kV) Chocón Oeste – Choele Choel, jurisdicción de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN TRANSENER SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSENER S.A.).
ARTÍCULO 2º.- Instrúyese a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a la firma EÓLICA RIONEGRINA S.A., titular del Parque Eólico Cerro Policía, en su vínculo con el SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) en barras de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV) de la nueva Estación Transformadora Parque Eólico Cerro Policía, vinculada a la Línea de Alta Tensión de QUINIENTOS KILOVOLTIOS (500 kV) Chocón Oeste – Choele Choel, jurisdicción de la TRANSENER S.A. A este efecto se faculta a la CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del período estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.
ARTÍCULO 3º- Notifíquese a la firma EÓLICA RIONEGRINA S.A., a CAMMESA, a TRANSENER S.A. y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alejandro Valerio Sruoga.
e. 26/01/2018 N° 4408/18 v. 26/01/2018
Fecha de publicación 26/01/2018