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Legislación y Avisos Oficiales
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BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 6430/2018

12/01/2018

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Circular CONAU 1 – 1262 - Punto 5.5 de NIIF 9 - Deterioro de valor de activos financieros - Aplicación a partir del 01.01.2020.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que a partir de los ejercicios iniciados el 01.01.2020 deberán comenzar a aplicarse las disposiciones en materia de Deterioro de Activos Financiero contenidas en el punto 5.5 de la NIIF 9, cuya aplicación fue transitoriamente exceptuada mediante los términos de la Comunicación “A” 6114.

En ese sentido, a fin de conocer y validar los modelos, las entidades financieras deberán presentar información cuantitativa respecto del impacto numérico al 31.12.18. e información cualitativa acerca de sus modelos de estimación de pérdida esperada, antes del 01.10.2018.

Cabe mencionar que, oportunamente se darán a conocer las precisiones acerca del contenido mínimo que deberá poseer esta información así como las adecuaciones las Normas sobre Clasificación de Deudores, Garantías y Previsiones mínimas por riesgo de incobrabilidad.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Ricardo O. Maero, Gerente Principal de Régimen Informativo y Centrales de Información. — Estela M. del Pino Suárez, Subgerente General de Régimen Informativo y Protección al Usuario de Servicios Financieros.

e. 29/01/2018 N° 4524/18 v. 29/01/2018

Fecha de publicación 29/01/2018