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Legislación y Avisos Oficiales
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SERVICIO EXTERIOR

Decreto 85/2018

Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República Francesa.

Ciudad de Buenos Aires, 29/01/2018

VISTO el Expediente N° EX-2017-33061982-DDMEAPYA#MRE, el Decreto N° 693 de fecha 18 de mayo de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 693/16 se dispuso el traslado desde el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO a la Embajada de la República ante la UNIÓN EUROPEA, del entonces señor Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. Mario Raúl VERÓN GUERRA, acreditándolo, mientras dure la misión encomendada, con el rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, de conformidad con el artículo 8° de la Ley Orgánica del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias.

Que oportunamente el Gobierno de la REPÚBLICA FRANCESA concedió el plácet de estilo al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Mario Raúl VERÓN GUERRA, para su designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante dicho país.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Trasládase desde la Embajada de la República ante la UNIÓN EUROPEA a la Embajada de la República en la REPÚBLICA FRANCESA, al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Mario Raúl VERÓN GUERRA (D.N.I. N° 14.359.015).

ARTÍCULO 2°.- Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA FRANCESA, al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Mario Raúl VERÓN GUERRA (D.N.I. N° 14.359.015).

ARTÍCULO 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Jorge Marcelo Faurie.

e. 30/01/2018 N° 5127/18 v. 30/01/2018

Fecha de publicación 30/01/2018