MINISTERIO DE PRODUCCIÓN SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
Resolución 46-E/2018
Ciudad de Buenos Aires, 29/01/2018
VISTO el Expediente EX-2018-01912023-APN-CME#MP, las Leyes Nros. 22.317, 24.467, 25.300 y su modificatoria y 27.431 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018, los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998, 434 de fecha 29 de abril de 1999, 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, las Resoluciones Nros. 215 de fecha 8 de junio de 2017, 829 de fecha 28 de diciembre de 2017 ambas de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 22.317 y sus modificatorias se creó el Régimen de Crédito Fiscal destinado a la cancelación de tributos cuya percepción, aplicación y fiscalización corresponde a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA, con el objetivo de incentivar la capacitación del personal de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
Que dicho Régimen fue reglamentado por los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998 y 434 de fecha 29 de abril de 1999.
Que mediante el inciso b) del Artículo 24 de la Ley Nº 27.431 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018, se fijó el cupo anual referente al Artículo 3° de la Ley N° 22.317 y sus modificatorias para la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, en la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MILLONES ($ 150.000.000).
Que, mediante el dictado de la Resolución N° 829 de fecha 28 de diciembre de 2017 de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se efectuó la tercera asignación de cupo de Crédito Fiscal por un monto total de PESOS ONCE MILLONES DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL SETENTA Y CINCO CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS ($ 11.228.075,52).
Que las áreas técnicas pertinentes han verificado que se omitió incorporar en la mencionada resolución, CUARENTA Y CUATRO (44) proyectos de capacitación pre-aprobados, en el marco de la Resolución Nº 215 de fecha 8 de junio de 2017 de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, por la suma total de PESOS DOS MILLONES NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 2.094.694,65).Que, cabe destacar que dicha omisión se debió a cuestiones meramente operativas del sistema informático.
Que las áreas técnicas pertinentes han producido los informes correspondientes a TREINTA Y TRES (33) proyectos por un monto total de PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS DIECISIETE CON QUINCE CENTAVOS ($ 1.486.317,15), dando cuenta de que los mismos se encuentran encuadrados bajo las modalidades tipificadas en los Artículos 4.1, 7.1 y 7.2 del Anexo I de la Resolución N° 215/17 de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, de acuerdo al detalle consignado en el Anexo I de la presente medida.
Que, asimismo, las áreas técnicas pertinentes han producido los informes correspondientes a ONCE (11) proyectos por un monto total de PESOS SEISCIENTOS OCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 608.377,50) presentados bajo la modalidad Capacitación Asistida – Expertos PYMES, conforme la tipificación efectuada en los Artículos 4.4 y 7.3 del Anexo I de la Resolución N° 215/17 de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, de acuerdo al detalle consignado en el Anexo II de la presente medida.
Que, en virtud de ello, resulta oportuno proceder a la aprobación de CUARENTA Y CUATRO (44) proyectos, efectuando la primera asignación de cupo de Crédito Fiscal por un monto total de PESOS DOS MILLONES NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 2.094.694,65), de acuerdo al detalle consignado en los Anexos I y II de la presente medida, conforme lo dispuesto por el inciso b) del Artículo 24 de la Ley Nº 27.431 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.
Que por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría.
Que por el Decreto Nº 1 de fecha 4 de enero de 2016, se establecieron los objetivos para la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, asignándole competencia para entender en la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y 25.300 y sus modificatorias y complementarias y de las normas dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 22.317 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 819/98, 434/99, 357/02 y sus modificaciones.
Por ello,
EL SECRETARIO DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébanse los Proyectos de Capacitación presentados por las empresas que se detallan en el Anexo I que, como IF-2018-02961303-APN-DNPPYME#MP, forma parte integrante de la presente resolución, acorde a lo establecido en los Artículos 4.1, 7.1 y 7.2 del Anexo I de la Resolución Nº 215 de fecha 8 de junio de 2017 de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, las cuales acceden al Régimen de Crédito Fiscal por los montos allí consignados.
ARTÍCULO 2º.- Apruébanse los Proyectos de Capacitación presentados por las empresas que se detallan en el Anexo II que, como IF-2018-02961292-APN-DNPPYME#MP, forma parte integrante de la presente resolución, acorde a lo establecido en los Artículos 4.4 y 7.3 del Anexo I de la Resolución Nº 215/17 de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, las cuales acceden al Régimen de Crédito Fiscal por los montos allí consignados.
ARTÍCULO 3º.- Asígnase un cupo de Crédito Fiscal por un monto total de PESOS DOS MILLONES NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 2.094.694,65) para los Proyectos de Capacitación aprobados por los Artículos 1º y 2° de la presente medida.
ARTÍCULO 4º.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Mariano Mayer.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 31/01/2018 N° 5064/18 v. 31/01/2018
Fecha de publicación 31/01/2018