MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
Decisión Administrativa 56/2018
Excepción.
Ciudad de Buenos Aires, 07/02/2018
VISTO el Expediente N° EX-2017-14072557-APN-DGRH#MI, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su Decreto Reglamentario N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 25.164 se aprobaron los principios que regulan la relación del Empleo Público Nacional.
Que por el Decreto N° 1421/02 y su modificatorio, se aprobó la reglamentación de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.
Que por la presente medida tramita la propuesta de excepción para el ingreso a la Administración Pública Nacional dispuesta en el artículo 4° inciso a) del Anexo de la Ley N° 25.164 y su reglamentación.
Que el mencionado inciso establece el procedimiento de excepción para autorizar la incorporación de las personas que no cumplen con el requisito de nacionalidad.
Que el MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA solicita exceptuar de las precitadas previsiones legales a la señora Maryin NAVARRO RANGEL (D.N.I. N° 95.588.533), como paso previo a la aprobación de su contratación bajo el régimen previsto en el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164.
Que las aptitudes y experiencia de la persona referenciada resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas, fundamentos suficientes para tramitar la excepción a lo establecido en el Capítulo II, artículo 4° inciso a) del Anexo a la Ley N° 25.164.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 4° inciso a) del Anexo de la Ley N° 25.164.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Exceptúase a la señora Maryin NAVARRO RANGEL (D.N.I. N° 95.588.533) de nacionalidad colombiana del requisito de nacionalidad que para el ingreso a la Administración Pública Nacional se establece en el artículo 4° inciso a) del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio.
e. 08/02/2018 N° 7323/18 v. 08/02/2018
Fecha de publicación 08/02/2018