MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
Decisión Administrativa 63/2018
Desígnase Director de Planes Técnicos Fundamentales y de Planificación del Espectro.
Ciudad de Buenos Aires, 08/02/2018
VISTO: el Expediente N° EX-2017-19179018-APN-STIYC#MM, la Ley N° 27.431, los Decretos Nros. 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 268 de fecha 29 de diciembre de 2015, 355 de fecha 22 de mayo de 2017, 513 de fecha 14 de julio de 2017, 632 de fecha 10 de agosto de 2017, la Decisión Administrativa N° 782 de fecha 1° de agosto del 2016, la Resolución del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 624 de fecha 1° de diciembre de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 27.431 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.
Que por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP).
Que por el Decreto Nº 268 de fecha 29 de diciembre de 2015, se aprobó la conformación organizativa del entonces MINISTERIO DE COMUNICACIONES.
Que por la Decisión Administrativa N° 782 de fecha 1° de agosto de 2016 se aprobó la estructura organizativa de nivel inferior al primer nivel operativo del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, creándose entre otras, la DIRECCIÓN DE PLANES TÉCNICOS FUNDAMENTALES Y DE PLANIFICACIÓN DEL ESPECTRO de la DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO Y UNIVERSALIZACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO de la SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES del citado Ministerio.
Que por Decreto N° 513 de fecha 14 de julio de 2017, se suprimió el MINISTERIO DE COMUNICACIONES, y se transfirió sus competencias al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que en consecuencia, por el Decreto N° 632 de fecha 10 de agosto de 2017 se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y se estableció que hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por dicha medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior de la SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de sus dependientes la SUBSECRETARÍA DE REGULACIÓN y la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO, las que transitoriamente mantendrán las acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista previstos en el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.
Que por la Resolución N° 624 del 1° de diciembre de 2017 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, se homologó en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) la DIRECCIÓN DE PLANES TÉCNICOS FUNDAMENTALES Y DE LA PLANIFICACIÓN DEL ESPECTRO del citado Ministerio.
Que, a fin de dar cumplimiento a las funciones asignadas al mencionado Ministerio, resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo de Director de la DIRECCIÓN DE PLANES TÉCNICOS FUNDAMENTALES Y DE PLANIFICACIÓN DEL ESPECTRO de la DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO Y UNIVERSALIZACIÓN, unidad dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO de la SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que el cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
Que corresponde exceptuar al ingeniero Luis María OTTATI (D.N.I. N° 24.458.889) del cumplimiento de los requisitos mínimos previstos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.
Que el Decreto N° 355/17 estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que la presente medida no implica asignación de recurso extraordinario alguno.
Que el cargo aludido se encuentra vacante y cuenta con el financiamiento correspondiente.
Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo 2° del Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Desígnase con carácter transitorio, a partir del 2 de septiembre de 2017, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, al ingeniero Luis María OTTATI (D.N.I. N° 24.458.889) como Director de la DIRECCIÓN DE PLANES TÉCNICOS FUNDAMENTALES Y DE PLANIFICACIÓN DEL ESPECTRO de la DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO Y UNIVERSALIZACIÓN, unidad dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO de la SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, en UN (1) cargo Nivel B - Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva III del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Título II Capítulo III del citado Convenio Colectivo.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del Presupuesto vigente de la Jurisdicción 26 - MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Andrés Horacio Ibarra.
e. 09/02/2018 N° 7654/18 v. 09/02/2018
Fecha de publicación 09/02/2018