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26 de Abril de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº 1656, de la C.A.B.A., NOTIFICA a las siguientes entidades: COOPERATIVA DE TRABAJO LATINOAMERICA UNIDA LTDA. Mat. 41.132; COOPERATIVA DE TRABAJO UNION y SOLIDARIDAD LTDA. Mat. 41.143; COOPERATIVA DE TRABAJO MANUEL BELGRANO LTDA. Mat. 37.775; COOPERATIVA DE TRABAJO EMPEZAR DE NUEVO LTDA. Mat. 26.141 que mediante PV-2018-02683204-APN-CIYL#INAES (expte 1981/16), PV-2018-02683202-APN-CIYL#INAES (expte 2268/16), PV-2018-02683207-APN-CIYL#INAES (expte 4658/13), PV-2018-02683209-APN-CIYL#INAES (expte 5781/13) respectivamente se ha dispuesto: “CABA,16/01/18. VISTO, que según constancia de autos, la entidad de referencia, fue debidamente notificada de la promoción de las presentes actuaciones sumariales mediante edictos y, CONSIDERANDO: Que la entidad sumariada no ha presentado el descargo y ofrecido prueba dentro del plazo que a tales efectos se le ha acordado. Que el rol de esta Administración del Estado en su función de contralor debe tender a establecer la verdad material, es decir la realidad fáctica de la situación jurídico-social de la entidad de marras, a fin de salvaguardar el interés público, e indirectamente también el de los particulares. Que toda vez que no se han producido hechos sobre los cuales se pueda alegar, el sumario no se abre a prueba (V. Dictámenes procuración del Tesoro de la Nación 262:162). Que en virtud de lo expuesto, DISPONGO: Artículo 1º: Désele por decaído a la entidad sumariada, el derecho dejado de usar para presentar el descargo y ofrecer prueba, en los términos prescriptos por el Art. 1° inc. e) apartado 8 de la Ley N º 19.549. Artículo 2°: Declárese la cuestión de puro derecho. Artículo 3º: Pasen los presentes actuados a despacho para resolver. Artículo 4°: Notifíquese en los términos prescriptos por el art. 42 del Decreto Reglamentario N° 1.759/72 (T.O 1.991).” El presente deberá publicarse en el BOLETIN OFICIAL, de acuerdo a lo dispuesto en el Art.42 del Decreto Reglamentario Nº 1759/72 (T.O.1991). FDO: Dra. Vanesa Cristina Vasquez, Abogada, Instructora Sumariante-INAES.

Vanesa Cristina Vasquez, Asesor Legal, Coordinación de Intervenciones y Liquidaciones, Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social.

e. 14/02/2018 N° 7688/18 v. 16/02/2018

Fecha de publicación 16/02/2018