MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO
Resolución 11/2018
Ciudad de Buenos Aires, 31/01/2018
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2017-01414423—APN-DDYME#MEM del Registro del MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA, los Decretos Nros. 1.914 de fecha 7 de diciembre de 2010, 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, 151 de fecha 17 de diciembre de 2015, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, las Resoluciones de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nros. 321 de fecha 12 de septiembre de 2012 y 163 de fecha 15 de mayo de 2014, la Resolución del MINISTERIO DE MODERNIZACION N° RESOL-2017-132-APN#MM de fecha 16 de marzo de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 30 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece que el personal podrá acceder al Tramo inmediato superior si acredita el cumplimiento de: a) los requisitos para la promoción al grado inicial de dicho Tramo y b) la certificación de la capacitación, experiencia y competencias laborales mediante el régimen de valoración de méritos que el Estado empleador establezca al efecto, previa consulta a las entidades sindicales en el marco de la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (Co.P.I.C.).
Que mediante la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 321 de fecha 12 de septiembre de 2012, se aprobó el Régimen de Valoración para la Promoción de Tramo Escalafonario del Personal comprendido en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).
Que en el Título IV del Anexo I de la mencionada Resolución Nº 321 de fecha 12 de septiembre de 2012, se regularon las actividades de valoración como condición requerida para la promoción al Tramo Escalafonario respectivo.
Que el artículo 10 del Título IV del Anexo I de la citada Resolución Nº 321 de fecha 12 de septiembre de 2012 establece que la actividad de valoración será evaluada por un COMITÉ DE ACREDITACIÓN, el cual estará integrado por UN (1) experto en representación del titular del órgano rector respectivo a la actividad si lo hubiere o, caso contrario, del titular de la jurisdicción de revista del postulante, UN (1) experto en representación del titular de la entonces Secretaría de gabinete y Coordinación Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros y UN (1) experto de reconocida probidad, experiencia y experticia en la materia.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE MODERNIZACION Nº RESOL-2017-132-APN#MM de fecha 16 de marzo de 2017 se designaron los integrantes de los COMITÉS DE ACREDITACIÓN en las materias de “ENERGIA” y “MINERIA” del MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA.
Que debido a un cambio de los integrantes es necesario designar dos nuevos miembros en carácter Titular y Alterno del Representante del Titular del MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA, dos nuevos miembros en carácter Titular y Alterno del Representante del Titular del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y un nuevo miembro en carácter de alterno de la Secretaría Técnico Administrativa, y ratificar los demás miembros designados en la mencionada Resolución.
Que cabe señalar que por Decreto N° 151 de fecha 17 de diciembre de 2015 se transfirió la SECRETARÍA DE GABINETE y sus unidades organizativas dependientes, con excepción de la SUBSECRETARÍA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA, desde la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a la órbita del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que corresponde asimismo remarcar que por Decreto N° 13 de fecha 5 de enero de 2016 se encomendó a la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACION, la función de entender en el diseño, desarrollo e implementación de las carreras administrativas del personal del Estado.
Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 23 octies, inciso 11 del Decreto Nº 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 y el Decreto 13 de fecha 5 de enero de 2016.
Por ello,
EL SECRETARIO DE EMPLEO PÚBLICO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ratifícanse los miembros integrantes en carácter de Expertos de reconocida probidad, experiencia y experticia en la materia y sus miembros Alternos y el miembro titular de la SECRETARIA TECNICO ADMINISTRATIVA, de los COMITÉS DE ACREDITACIÓN para funciones o puestos comprendidos en las materias de “ENERGIA” y “MINERIA”, designados por Resolución Nº RESOL-2017-132-APN#MM del MINISTERIO DE MODERNIZACION de fecha 16 de marzo de 2017, conforme el detalle obrante en el Anexo IF-2018-00590044-APN-ONEP#MM, que forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Desígnanse a las personas consignadas en el Anexo IF-2018-00590044-APN-ONEP#MM, que forma parte integrante de la presente y de acuerdo al detalle obrante en el mismo como miembros en carácter de Titular y Alterno en representación del Titular del MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA, como miembros en carácter de Titular y Alterno en representación del Titular del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y como miembro alterno de la Secretaría Técnico Administrativa, de los COMITÉS DE ACREDITACIÓN para funciones o puestos comprendidos en las materias de “ENERGIA” y “MINERIA”.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Pablo Martin Legorburu.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 21/02/2018 N° 9776/18 v. 21/02/2018
Fecha de publicación 21/02/2018