BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 6427/2018
11/01/2018
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: Circular OPRAC 1 - 928. LISOL 1 - 772. “Financiamiento al sector público no financiero”. Programa de Letras del Tesoro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el año 2018.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
“- No formular observaciones, en el marco de la restricción contenida en el punto 2.1. de las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero”, a que las entidades financieras puedan adquirir letras del tesoro a ser emitidas –en pesos– por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por hasta la suma en circulación de valor nominal $ 10.000.000.000, en el marco de la Ley 5.915 y de acuerdo con las condiciones establecidas en la Nota Nº 1394005/18 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda de la Nación, sin perjuicio de la observancia por parte de las entidades financieras intervinientes de las disposiciones en materia de “Capitales mínimos de las entidades financieras” y de “Fraccionamiento del riesgo crediticio”.”
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas. — Agustín Torcassi, Subgerente General de Normas.
e. 26/02/2018 N° 10886/18 v. 26/02/2018
Fecha de publicación 26/02/2018