INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 296/2018
Ciudad de Buenos Aires, 23/02/2018
VISTO, el Expediente N° 5054/2017 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001), y sus modificatorias, el Decreto N° 769 de fecha 9 de junio de 2016, el Decreto N° 1346 de fecha 30 de diciembre de 2016 y las Resoluciones INCAA N° 1 de fecha 2 de enero de 2017 y N° 402/2017 de fecha 13 de julio de 2017; y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) pone a cargo del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, el fomento y regulación de la actividad cinematográfica en el territorio de la República Argentina y de la actividad cinematográfica nacional en el exterior.
Que asimismo, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) establece en el artículo 5° que el Consejo Asesor tendrá como función, entre otras, la de “…designar comités de selección para la calificación de los proyectos que aspiran a obtener los beneficios de esta ley, los que se integraran con personalidades de la cultura, la cinematografía y artes audiovisuales”.
Que por su parte, el artículo 2° del Decreto N° 1346/2016 establece en los términos del artículo 31 de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, tres modalidades de producción: a) producciones destinadas a audiencia masiva; b) producciones destinadas a audiencia media; y c) producciones de convocatoria previa.
Que en ese marco, se dictó la Resolución INCAA N° 1/2017, por medio de la cual se aprueba el RÉGIMEN GENERAL DE FOMENTO, que contiene, entre otras medidas, la normativa aplicable a la asignación, liquidación y pago de subsidios a las distintas modalidades de producción cinematográfica de películas nacionales de largometraje, como así también la reglamentación relativa a los distintos comités de selección de proyectos que pretendan dichos beneficios, y cuyos integrantes deben ser designados por el Consejo Asesor.
Que asimismo, la Resolución INCAA N° 1/2017, Anexo I, Artículo 27 Inciso 1) establece la conformación del COMITÉ DE SELECCIÓN PARA LARGOMETRAJE POR CONVOCATORIA, el cual estará compuesto por 6 (SEIS) miembros, UN (1) productor, UN (1) director, UN (1) guionista, UN (1) actor, UN (1) técnico y UN (1) integrante de TRES (3) candidatos propuestos al CONSEJO ASESOR por el sistema FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS.
Que el Consejo Asesor en la reunión de fecha 4 de mayo de 2017, estableció en el acta respectiva: “… se procede a tratar el primer punto del orden del día respecto a la designación de los integrantes de los diferentes comités de selección y evaluación de proyectos. En relación al presente tema los consejeros votan por unanimidad la elección de las siguientes personas como integrantes de los respectivos comités:
D) Comité de Selección para Largometraje por Convocatoria:
En categoría Guionista: Sr. Miguel Adrián Mato (DNI N° 10.931.551).
En categoría Director: Sra. Celina Murga (DNI N° 23.190.330).
En categoría Productor: Sra. Nathalia Videla Peña (DNI N°18.813.726).
En categoría Actor: Sr. Daniel Valenzuela (DNI N°12.355.358).
En categoría Técnico: Sr. Jorge Sivori (DNI N° 5.072.496).
Se aclara que el lugar del integrante a ser propuesto por el Sistema Federal de Medios y Contenidos Públicos queda vacante en tanto no se recibió propuesta por parte de dicho Organismo”.
Que en el marco de lo indicado en los considerados precedentes por Resolución INCAA N° 402/2017 se designó a las personas mencionadas en el acta del Consejo Asesor de fecha 4 de mayo de 2017, como integrantes del COMITÉ DE SELECCIÓN PARA LARGOMETRAJE POR CONVOCATORIA para la clasificación de proyectos presentados por convocatoria previa.
Que en función de la labor realizada por los integrantes del COMITÉ DE SELECCIÓN PARA LARGOMETRAJE POR CONVOCATORIA, oportunamente se han realizado las respectivas reuniones a los efectos de la preselección y selección de proyectos en el marco de lo establecido en el artículo 28 del Anexo I de la Resolución INCAA N° 1/2017.
Que en el Expediente mencionado en el Visto, obran los originales de las respectivas actas individuales de preselección de proyectos y el original del acta conjunta de fecha 04 de Diciembre del corriente, donde existiendo quórum suficiente para su realización, los integrantes del COMITÉ DE SELECCIÓN PARA LARGOMETRAJE POR CONVOCATORIA, han designado a los proyectos ganadores del segundo llamado del año 2017 de la CONVOCATORIA PARA LA PRODUCCIÓN DE PELÍCULAS NACIONALES DE LARGOMETRAJES DE FICCIÓN Y ANIMACIÓN, aclarando que en virtud de la presentación de sólo SIETE (7) proyectos a la convocatoria y de la selección de únicamente CINCO (5) proyectos, no ha sido posible designar proyectos suplentes.
Que de acuerdo a lo mencionado ut supra corresponde dictar resolución al respecto.
Que las Gerencias de Fomento a la Producción Audiovisual y de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que les compete.
Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge de la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y del Decreto N° 324/2017.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declarar seleccionados GANADORES del segundo llamado del año 2017 de la CONVOCATORIA PARA LA PRODUCCIÓN DE PELÍCULAS NACIONALES DE LARGOMETRAJES DE FICCIÓN Y ANIMACIÓN a los siguientes proyectos:
1. Proyecto “FANTASMA VUELVE AL PUEBLO” (Género: Ficción) de los Productores MÓNICA CECILIA AMARILLA y CARLOS SANTIAGO CARABANTE y del Director AUGUSTO CESAR GONZÁLEZ POLO.
2. Proyecto “KARAKOL” (Género: Ficción) de los Productores ALBERTINA CARRI y DIEGO HERNÁN SCHIPANI y de la Directora MARIA SAULA BENAVENTE GALÁN.
3. Proyecto “EL BANQUETE DE ALAN GAETON” (Género: Ficción) de los Productores FEDERICO BADIA y DODE-K-EDRO S.A. y del Director FEDERICO BADIA.
4. Proyecto “PERIMETRAL” (Género: Ficción) del Productor y Director RODRIGO GUERRERO.
5. Proyecto “OJOS DE ARENA” (Género: Ficción) del Productor JORGE MARIO ROCCA y de la Directora ALEJANDRA MARINO.
ARTÍCULO 2º.- Establecer que la presente resolución comenzará a regir desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ralph Douglas Haiek.
e. 27/02/2018 N° 11175/18 v. 27/02/2018
Fecha de publicación 27/02/2018